
El SAT sacará del RESICO a quienes no tengan firma electrónica
Las personas físicas del Régimen de Confianza deberán contar con e.firma activa, a más tardar dentro de los 30 días naturales a la fecha en que iniciaron actividades.
Las personas físicas del Régimen de Confianza deberán contar con e.firma activa, a más tardar dentro de los 30 días naturales a la fecha en que iniciaron actividades.
Ahora hay dos plataformas de declaración y la autoridad no tomó las previsiones necesarias para guiar a los contribuyentes.
Las personas físicas del RESICO no están obligadas a llevar contabilidad, pero existen dudas sobre esta obligación en materia de IVA.
Al parecer, los contribuyentes pueden ingresar al RESICO durante o en un ejercicio posterior a 2022.
Con la llegada de las primeras declaraciones prellenadas del RESICO, también llegaron algunos problemas para los contribuyentes.
Hay una gran especulación en torno al acreditamiento del IVA en el RESICO para personas físicas, porque dicho régimen no prevé deducciones.
Las personas físicas que opten por tributar en el RESICO, deberán contar con su e.firma activa.
La autoridad fiscal eliminó una exención de ISR para contribuyentes agropecuarios, cuyos ingresos en el ejercicio excedan de 900 mil pesos.
Para realizar un cambio de régimen distinto al RESICO, los contribuyentes podrían presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.