¿Qué contribuyentes no pueden pasarse al RESICO?
Conoce qué personas físicas y morales no pueden tributar en el RESICO.
Conoce qué personas físicas y morales no pueden tributar en el RESICO.
La autoridad fiscal eliminó la referencia a una fecha límite para inscribirse al RESICO.
En el Régimen de Flujo de Efectivo podían tributar personas morales o empresas con ingresos en el año que no excedían de 5 mdp.
La incertidumbre jurídica se debe a que la Ley del ISR no señala cuáles son los otros tratamientos fiscales que otorgan beneficios o estímulos fiscales que no pueden combinarse con el RESICO.
Para pagar las retenciones de ISR al Régimen de Confianza, el SAT adaptó un formato existente.
Contadores proponen al SAT considerar la opción de buscar sedes alternas temporales para prestar atención rápida y oportuna para algunos trámites urgentes.
A través de redes sociales contribuyentes se quejaron por los errores en los aplicativos del SAT
El vicepresidente fiscal del IMCP advirtió que el SAT podría cambiar de régimen a los contribuyentes del RESICO que no cumplan con los requisitos establecidos.
El Instituto consideró necesario que los aplicativos del RESICO sean actualizados por el SAT, para subsanar las inconsistencias mencionadas.