Los créditos fiscales no se extinguen con la muerte del deudor: Prodecon
La Procuraduría determinó que los créditos fiscales no se extinguen con el fallecimiento del contribuyente, cuando éste deja bienes que puedan ser objeto del PAE.
La Procuraduría determinó que los créditos fiscales no se extinguen con el fallecimiento del contribuyente, cuando éste deja bienes que puedan ser objeto del PAE.
La Prodecon señaló se puede ofrecer la cartera de créditos si el deudor demuestra la imposibilidad de garantizar la totalidad del crédito fiscal mediante las otras formas de garantía.
Conoce qué es y cuándo se considera un caso de homonimia.
A una contribuyente se le realizó el bloqueo del CSD, pero desvirtuó la no localización y aún así se mantuvo el bloqueo.