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El SAT no quiere que deduzcas todo lo que puedes deducir

El sistema DeclaraSAT arroja la información prellenada con las facturas que el contribuyente puede deducir, sin incluir las de gastos médicos mayores y el pago de intereses hipotecarios, ambos deducibles por ley; para también deducir de impuestos estos gastos hay que enviar al fisco un nuevo formato en un plazo de 30 días.




22 marzo, 2016

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó a operar el servicio DeclaraSAT, en el que los contribuyentes pueden encontrar prellenada la declaración de impuestos para el ejercicio 2015.

Este servicio opera con base en los datos que tiene el SAT de las facturas ligadas al RFC del contribuyente, incluyendo las que puede deducir.

Sin embargo el sistema no tiene cargadas todas las deducciones a las que el contribuyente tiene derecho.

El sistema sólo mostró para la declaración de 2015 los gastos facturados por pequeños contribuyentes (como los médicos particulares), pero no desplegó las facturas correspondientes a las pólizas de gastos médicos mayores ni a los intereses reales (descontando la inflación) pagados por créditos hipotecarios.

De acuerdo con la ley, los causantes tienen el derecho a deducir los gastos relacionados con los honorarios médicos y odontológicos, con la compra de anteojos, primas por seguros de gastos médicos pagados de cualquier forma, que cubra la compra o renta de aparatos para rehabilitación; medicinas que expidan hospitales; honorarios a enfermeras; análisis, estudios clínicos o prótesis.

También pueden declarar a su favor el costo de las colegiaturas de preescolar hasta por 14,200 pesos; de primaria por 12,900 pesos, secundaria por 19,900 pesos, profesional por 17,100 pesos y bachillerato por 24,500 pesos (estas cifras se refieren al monto anual).

Los pagos de servicios educativos deducibles sólo incluyen las colegiaturas, no así las cuotas por inscripción o reinscripción.

También se pueden deducir los gastos funerales, donativos a instituciones autorizadas, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, aportaciones complementarias de retiro para planes personales o a la subcuenta de aportaciones voluntarias, impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda del 5 por ciento.

Todos estos pagos son deducibles, siempre y cuando no excedan el 15% del ingreso anual del contribuyente o 5 salarios mínimos vigentes (a partir de este año 5 unidades de medida y actualización).

El SAT informó que en caso de no aceptar el prellenado de la declaración que arroja DeclaraSAT, el sistema otorga un plazo de 30 días para terminar el proceso y enviar la declaración completa al fisco (con información de Reforma).





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