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Declaración Anual: ¿Cuál es el límite de mis deducciones?

Los gastos funerarios son deducibles aunque se paguen en efectivo

(Imagen: El Contribuyente)

Conoce cuáles son las deducciones personales permitidas en tu Declaración Anual 2025, sus límites y las reglas especiales para donativos, colegiaturas y aportaciones de retiro

Al presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las personas físicas pueden aprovechar diversas deducciones personales que la ley permite para disminuir su carga fiscal. Estas deducciones están reguladas principalmente por el Artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR).

¿Qué gastos son considerados deducciones personales?

De manera general, los conceptos que pueden deducirse son:

¿Cuál es el límite máximo de deducciones personales?

El Artículo 151 establece que el monto total de las deducciones no puede exceder el límite que resulte menor entre:

Ejemplos prácticos

Concepto Caso A Caso B
Ingreso anual $400,000 $1,400,000
15% del ingreso $60,000 $210,000
5 UMA anuales $198,031.80 $198,031.80
Monto máximo a deducir $60,000 $198,031.80

Como se observa, siempre se debe aplicar el monto menor entre las dos opciones para determinar el límite de deducción.

Excepciones al límite de deducciones personales

No todos los gastos están sujetos a este tope. Las excepciones principales son:

Estos conceptos cuentan con límites propios establecidos en leyes o decretos específicos.

Donativos: condiciones y límites

Los donativos serán deducibles siempre que se otorguen a:

Importante: no se podrá deducir donativos de bienes que previamente hayan sido deducidos como parte de actividades empresariales o profesionales.

El monto total deducible por donativos no puede exceder el 7% de los ingresos acumulables del año anterior y se incluye en el límite global de deducciones personales.

Aportaciones complementarias de retiro

Las aportaciones realizadas a subcuentas de retiro o a planes personales de retiro son deducibles, siempre que cumplan los requisitos de permanencia establecidos.

El monto máximo deducible es:

Deducción de colegiaturas

La deducción por colegiaturas fue establecida mediante un decreto publicado el 26 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y está exenta del límite general de deducciones del Artículo 151.

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