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Declaración Anual 2024: ¿Quiénes deben presentarla y qué puedes deducir?

La declaración anual para personas físicas arranca en abril. Conoce quiénes están obligados a presentarla, qué documentos necesitas y qué gastos puedes deducir ante el SAT

A partir del 1 de abril y hasta el 30 del mismo mes, las personas físicas deberán presentar su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Este proceso es fundamental para mantener tus obligaciones fiscales en regla, y también representa una oportunidad para obtener un saldo a favor si aplicas correctamente tus deducciones.

¿Qué es la declaración anual?

Es un informe que los contribuyentes presentan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre los ingresos, egresos y deducciones realizadas durante el año anterior. Su objetivo es calcular correctamente el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, en algunos casos, acceder a devoluciones.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

El SAT señala que deben presentarla las personas físicas que durante el 2024 hayan obtenido ingresos por:

También es obligatoria si los ingresos anuales superaron los 400,000 pesos.

¿Y si eres asalariado?

Como trabajador asalariado, deberás presentar tu declaración si:

Documentos necesarios

Para evitar contratiempos, ten a la mano:

¿Qué gastos puedes deducir?

Si facturaste y pagaste con tarjeta o transferencia, puedes deducir:

El monto total deducible no puede exceder de cinco UMAs anuales (198,031.8 pesos en 2024) o el 15% de tus ingresos, lo que resulte menor.


Deducciones personales 2025

Evita multas

No presentar tu declaración a tiempo puede acarrear sanciones que van de los 1,400 hasta los 17,370 pesos. Así que lo mejor es prepararte con anticipación.

Recuerda que, si tributaste bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), no puedes aplicar estas deducciones personales.

La declaración anual es más que una obligación: también es una oportunidad para optimizar tus finanzas. Aprovecha las deducciones permitidas y evita errores que puedan derivar en multas. Si tienes dudas, acércate al SAT o consulta a un asesor fiscal.

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