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SAT no precarga datos en declaración de ISR: conoce las alternativas para evitar sanciones


Descubre las opciones para cumplir con esta obligación sin afectar tu situación fiscal, los contribuyentes enfrentan problemas al presentar la declaración de retenciones de ISR de diciembre 2024



(Imagen: El Contribuyente)
23 enero, 2025

En las últimas semanas, los contribuyentes enfrentaron dificultades al presentar la declaración de retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente a los ingresos por concepto de salarios del mes de diciembre de 2024.

De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, el problema radica en que los datos precargados en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) aparecen en ceros. Es decir, la información no se encuentra disponible en el formato de declaración de estas retenciones.

El texto indica que a pesar de esta omisión, el contribuyente puede ingresar manualmente el monto del impuesto retenido a pagar por el mes de diciembre de 2024.

Alternativas para la presentación de la declaración

En su texto, Fiscalia explicó que debido a que los plazos de vencimiento para esta declaración ya han comenzado a transcurrir, se presentan las siguientes alternativas para cumplir con la obligación en tiempo y forma:

Esperar el Plazo Máximo

Una opción es aguardar a que el SAT actualice la información en su sistema, siempre que el contribuyente aún disponga de días hábiles antes del vencimiento de su declaración. Sin embargo, es fundamental evitar sobrepasar la fecha límite, ya que esto generaría recargos y posibles sanciones.

Presentar la Declaración sin los Datos Precargados

Otra alternativa es presentar la declaración con la información incompleta, pero ingresando manualmente el monto del impuesto retenido con base en los registros contables del contribuyente. Posteriormente, una vez que el SAT haya corregido la situación, se podrá presentar una declaración complementaria con los datos precargados.

Si los montos registrados por el contribuyente coinciden con los que eventualmente cargue el SAT, no será necesario realizar un pago adicional, ya que el impuesto habrá sido enterado correctamente. No obstante, en caso de discrepancias, el contribuyente deberá liquidar cualquier diferencia junto con los recargos correspondientes.

Fiscalia recomendó evaluar con anticipación la situación y las opciones disponibles para evitar afectaciones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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