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Nuevos requisitos del SAT para organizaciones sin fines de lucro: esto cambia en 2025


El SAT actualiza el Formato 21 (F21) para donatarias autorizadas con nuevas obligaciones y detalles sobre donativos, estructura organizacional y transparencia fiscal



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(Imagen: El Contribuyente)
15 enero, 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente implementó cambios en la Declaración Anual para Personas Morales con Fines No Lucrativos, correspondiente al Formato 21 (F21).

De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, dichos cambios son significativos y buscan fortalecer la transparencia y el cumplimiento fiscal de las organizaciones sin fines de lucro, especialmente las donatarias autorizadas.

Novedades en el Formato 21 (F21)

Las novedades en este formato son las siguientes:

  • Número de Oficio de Autorización como Donataria: Las organizaciones que cuentan con autorización para recibir donativos deducibles deberán proporcionar el número de oficio que acredita dicha autorización. Este requisito permite al SAT verificar la vigencia y autenticidad de la autorización otorgada.
  • Apartado de Donativos Otorgados: Se incorporó una sección específica para reportar los donativos que la organización otorgó a terceros. Este apartado busca asegurar la correcta aplicación de los recursos y la coherencia con los objetivos sociales de la entidad.
  • Detalle de Integrantes: Ahora es obligatorio proporcionar información detallada sobre el número de integrantes de la organización, incluyendo datos de los asociados, miembros del consejo directivo y otros participantes relevantes. No se piden datos personales, sólo identificar si se trata de persona física o persona moral. Esta medida pretende garantizar la transparencia en la estructura organizacional y en la toma de decisiones.
  • Estado de Situación Financiera y Estado de Actividades: Se requiere la presentación de los estados financieros básicos:
    • Estado de Situación Financiera (Balance General): Refleja la posición financiera de la organización a una fecha determinada, mostrando activos, pasivos y patrimonio.
    • Estado de Actividades (Estado de Resultados): Muestra el desempeño financiero durante un periodo específico, detallando ingresos, gastos y el resultado neto.

Obligaciones fiscales para donatarias autorizadas

Además, las donatarias autorizadas deben cumplir con diversas obligaciones fiscales para mantener su estatus y operar conforme a la normativa vigente:

  • Presentación de declaraciones:
    • Deben presentar su declaración anual a más tardar el 15 de febrero de cada año, informando al SAT sobre los ingresos obtenidos y las erogaciones efectuadas.
    • Durante el mes de mayo, están obligadas a presentar la declaración informativa de transparencia del patrimonio, detallando el uso y destino de los donativos recibidos y las actividades destinadas a influir en la legislación, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior.
  • Informes mensuales:
    • Deben informar a más tardar el día 17 de cada mes sobre las operaciones celebradas en el mes inmediato anterior con partes relacionadas y sobre los servicios recibidos o bienes adquiridos de personas que les hayan otorgado donativos deducibles.
  • Transparencia y uso de donativos:
    • Están obligadas a destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, sin otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes, salvo excepciones previstas en la ley.

Es importante que en las organizaciones sin fines de lucro presten especial atención a estos cambios para asegurar su cumplimiento. Sobre todo, porque deben prepararse con suficiente tiempo para reunir la información que se requiere, puesto que es un cambio significativo respecto de la declaración del ejercicio anterior.

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