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SAT simplifica trámites y refuerza control en comercio exterior con nuevas reglas para 2025


El SAT publica la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 con medidas para simplificar trámites, apoyar a contribuyentes del RESICO y reforzar la vigilancia de mercancías en comercio exterior. Conoce las nuevas disposiciones y cómo te impactan



31 diciembre, 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2025 y sus anexos, con el objetivo principal de simplificar trámites fiscales, brindar mayor claridad a los contribuyentes y reforzar medidas de comercio exterior.

Simplificación de trámites y devoluciones

  • La normatividad ha sido clasificada y agrupada para facilitar su aplicación en trámites de devoluciones.
  • Se eliminaron requisitos en diversos trámites de autorizaciones.
  • Ahora los trámites que antes eran presenciales podrán realizarse por medios electrónicos.

Beneficios fiscales destacados

  • Reglas para obtener beneficios del programa de regularización y aplicar el estímulo fiscal previsto en el Trigésimo Cuarto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2025.
  • Los depósitos derivados de programas sociales del Gobierno Federal son inembargables.
  • Facilidades para personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO):
    • Posibilidad de solicitar devoluciones de saldos a favor de forma mensual o conjunta en enero del siguiente ejercicio fiscal.
    • Los contribuyentes que deseen reincorporarse a este régimen podrán hacerlo antes del 31 de enero de 2025.

Reglas Generales de Comercio Exterior 2025

A partir del 1 de enero de 2025, entran en vigor las nuevas medidas para fortalecer el control del comercio exterior y combatir prácticas abusivas. Entre ellas:

  • Fortalecimiento de la vigilancia de mercancías provenientes de Asia que ingresan al país por empresas de mensajería.
  • Aplicación de tasas impositivas según el origen de la mercancía:
    • Con tratados internacionales:
      • 19% si el valor excede 1 USD o 50 USD, según corresponda.
      • 17% para países del T-MEC si el valor supera 50 USD pero no excede 117 USD.
    • Sin tratados internacionales: Tasa única del 19%.

Estas nuevas disposiciones reflejan el compromiso del SAT con la modernización de los trámites fiscales, el fortalecimiento de la recaudación y la transparencia en el comercio internacional.





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