el Contribuyente

SAT anuncia prórroga para habilitar el Buzón Tributario

¿Ya habilitaste tu Buzón Tributario? El SAT extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que cumplas con esta obligación fiscal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario, una herramienta clave para la notificación de actos administrativos y el cumplimiento fiscal. Incumplir con esta obligación después de la fecha límite será motivo de sanciones económicas, advirtió el fisco en un comunicado.

Desde 2020, el SAT exige a las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) habilitar, registrar y mantener actualizados los medios de contacto del Buzón Tributario. No obstante, están exentas aquellas personas físicas y morales con estatus de cancelados o suspendidos, sin obligaciones fiscales, o con ingresos anuales menores a 400 mil pesos en el caso de asalariados.

Beneficios del Buzón Tributario:

Para habilitar el Buzón Tributario, es necesario ingresar al portal del SAT, registrar medios de contacto como correo electrónico y número celular, y confirmar la información en un plazo de 72 horas. Los usuarios que aún no lo han habilitado deben actuar para evitar multas que oscilan entre miles de pesos.

¿Quiénes están obligados?

Todos los contribuyentes están obligados a habilitar el buzón tributario, pero la Regla 2.2.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) prevé las siguientes exclusiones según su situación en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC):

Excepción a la exclusión

Además, a pesar de la anterior exclusión, la misma Regla 2.2.23. establece que quedan obligados a habilitar el buzón:

Te puede interesar

Salir de la versión móvil