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Guía para el cierre fiscal de empresas: Inventarios, estados financieros y más

Los patrones están exentos de presentar la estimación de la prima del seguro de riesgos de trabajo cuando resulte igual a la del ejercicio anterior

(Imagen: El Contribuyente)

El cierre fiscal en México exige a las empresas cumplir con obligaciones clave, como realizar inventarios y formular estados financieros. Estos procesos son esenciales para evitar problemas con el SAT y cumplir con la Ley del Impuesto sobre la Renta

En México, el cierre del ejercicio fiscal es un momento clave para cumplir con diversas obligaciones que afectan tanto a personas físicas como morales. Estas responsabilidades deben atenderse conforme a las disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la legislación vigente, particularmente la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Obligaciones principales al cierre fiscal

De acuerdo con un análisis de Fiscalia, las personas morales deben realizar dos actividades esenciales al final del ejercicio:

  1. Formular un estado de posición financiera
  2. Levantar inventarios de existencias
    (Esta obligación está establecida en el Artículo 76, fracción IV, de la Ley del ISR).

¿Qué dice el Reglamento de la Ley del ISR?

El reglamento detalla que para elaborar el estado de posición financiera es necesario llevar a cabo un inventario físico total a la fecha de cierre. Este proceso puede realizarse de dos maneras:

Estado de posición financiera: ¿Por qué es importante?

El estado de posición financiera no solo es un requisito formal, sino también una herramienta clave para cumplir otras disposiciones fiscales. Por ejemplo, para determinar la pérdida en la enajenación de acciones, el reglamento indica:

Inventarios: Clave para el costo de lo vendido

En cuanto a los inventarios, el reglamento (Artículo 69-H) establece que los contribuyentes que opten por un control de inventarios para determinar el costo de lo vendido deben realizar un inventario físico de existencias al cierre del ejercicio, conforme a la fracción IV del Artículo 76 de la Ley del ISR.

¿Por qué documentar todo?

Fiscalia recomienda que, al realizar los inventarios, se documente toda la evidencia y se conserven los registros como respaldo en caso de una revisión del SAT. Esto incluye papeles de trabajo, fotografías y cualquier otro sustento que pueda evitar problemas futuros.

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