El Paquete Económico 2025 propone un estímulo fiscal del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución para contribuyentes que regularicen adeudos de ejercicios anteriores
El 15 de noviembre de 2024, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), presentó al Congreso de la Unión el Paquete Económico 2025, que incluye la Reforma Fiscal, la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Entre las novedades destacadas, se encuentra un estímulo fiscal que busca facilitar la regularización de adeudos fiscales, según explicó Fiscalia.
¿En qué consiste el estímulo fiscal?
A través del Trigésimo Cuarto Transitorio, se establece un beneficio para personas físicas y morales cuyos ingresos anuales no hayan superado los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR). Este estímulo se enfoca en reducir o eliminar multas, recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones federales y cuotas compensatorias.
Exclusión: No podrán acceder al estímulo aquellos que hayan recibido condonaciones fiscales en el marco del Decreto publicado el 20 de mayo de 2019.
Conceptos a los que aplica
El estímulo cubre:
- Multas fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
- Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales y cuotas administradas por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas.
No aplica a:
- Créditos fiscales remitidos al SAT para cobro.
- Pagos realizados en especie o mediante compensación.
¿Quiénes pueden aprovechar el estímulo?
El estímulo fiscal del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución aplica a contribuyentes que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Regularicen contribuciones omitidas de ejercicios 2023 o anteriores, pagando en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2025.
- Se autocorrijan dentro de los plazos establecidos durante las facultades de comprobación.
- Liquiden saldos pendientes autorizados para pago en plazos al 1 de enero de 2025, siempre que lo hagan en una sola exhibición.
- Tengan créditos fiscales firmes no impugnados o desistan de medios de defensa previamente interpuestos.
Requisitos y otras consideraciones
Para acceder al beneficio:
- Las personas físicas deben presentar una solicitud ante el SAT antes del 30 de septiembre de 2025.
- El pago debe realizarse dentro de los 30 días naturales posteriores a la emisión del formulario correspondiente.
- El estímulo no será considerado ingreso acumulable para efectos del ISR.
Exclusiones del beneficio
No podrán beneficiarse de este estímulo:
- Contribuyentes con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
- Contribuyentes incluidos en los procedimientos de los Artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Dato adicional: Si existen bienes embargados relacionados con los créditos fiscales, el pago conforme al estímulo permitirá levantar el embargo.
En proceso legislativo
La Ley de Ingresos de la Federación aún debe pasar por el proceso legislativo, por lo que estos detalles podrían ajustarse antes de su aprobación final.
Este estímulo fiscal busca incentivar la regularización de adeudos y aliviar la carga fiscal de miles de contribuyentes, consolidando un paso hacia la recuperación financiera.
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