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¿Eres jubilado o pensionado? El SAT puede sancionarte por incumplir estas obligaciones

La Prodecon publicó una guía clave para jubilados y pensionados. Aquí te contamos las obligaciones fiscales que debes cumplir para evitar problemas con el SAT

Las personas jubiladas o pensionadas reciben ingresos regulares tras haber concluido su vida laboral, ya sea por edad, tiempo de servicio o condiciones de salud.

Para aclarar las obligaciones fiscales de este grupo, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) lanzó recientemente una Guía para Personas Jubiladas y Pensionadas.

Según la Prodecon, quienes tributan bajo el régimen de sueldos y salarios o ingresos asimilados deben cumplir con lo siguiente:

  1. Proporcionar a sus retenedores los datos necesarios para que realicen las retenciones establecidas por ley.
  2. Presentar declaración anual cuando:
    • Obtengan ingresos adicionales a sueldos y salarios.
    • Hayan notificado por escrito al retenedor que presentarán declaración.
    • Perciban ingresos de dos o más empleadores.
    • Reciban ingresos con fuente de riqueza en el extranjero.
    • Sus ingresos anuales superen los 400 mil pesos.

La guía también aclara que quienes solo reciban ingresos de un solo empleador, que no excedan los 400 mil pesos, y no trabajen para más de una fuente simultánea, están exentos de presentar la declaración anual.

Además, deben cumplir con lo establecido en el artículo 150 de la Ley del ISR. En particular, si obtienen ingresos totales superiores a 500 mil pesos, deben declarar la totalidad de sus ingresos, incluso aquellos por los que no estén obligados a pagar ISR o ya hayan pagado impuesto definitivo.

Excepciones a la declaración anual: Podrán no presentarla si sus ingresos por sueldos, salarios e intereses no superan los 400 mil pesos y los intereses reales no exceden de 100 mil pesos.

Datos a informar en la declaración:
Prodecon también resalta la importancia de declarar correctamente ciertos ingresos:

No declarar estos ingresos podría generar una contingencia fiscal, donde las autoridades podrían considerarlos como ingresos omitidos, obligando al pago del ISR correspondiente y exponiendo al contribuyente a un procedimiento por discrepancia fiscal.

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