¿Cuál es la diferencia entre la deducción de un gasto de viaje y uno de traslado?
Los gastos de traslado dentro de la faja de 50 km, no son considerados gastos de viaje y, por ende, puede deducirse sin los topes propios de los gastos de viaje
Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, no son deducibles cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente. Esto lo establece el Artículo 28, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR).
Debate sobre la deducibilidad
Lo que establece dicho precepto legal genera debate sobre la deducibilidad de un gasto incurrido en un traslado en una distancia inferior a los 50 kilómetros, de acuerdo con Fiscalia.
Si en determinada situación, un trabajador debe acudir a una junta con un cliente y el patrón le da un monto destinado exclusivamente a su transporte hacia el lugar que está a 20 kilómetros del domicilio del contribuyente. Bajo una postura podría argumentarse que este traslado no es deducible aun cuando cumpla los demás requisitos de deducibilidad, por el hecho de no ubicarse más allá de 50 km.
Por eso, Fiscalia analizó si un gasto de traslado, por el simple hecho de no sobrepasar el límite establecido por la disposición, es no deducible.
Definición de viático
En su texto, Fiscalia explicó que la Real Academia Española (RAE) define viático como “prevención, en especie o en dinero, de lo necesario para el sustento de quien hace un viaje”.
Por su parte, una tesis emitida por los Tribunales Colegiados de Circuito indica que los viáticos, gastos de representación y automóvil se otorgan al subordinado con la finalidad de:
[…] con mayor eficacia, pudiera desempeñar sus labores fuera de oficina o inclusive de su residencia habitual, no como una contraprestación del servicio desempeñado, sino fundamentalmente, para resarcirlo de los gastos extraordinarios que tuvo que hacer por verse en la necesidad de realizar labores fuera del local de la empresa.
Diferencia entre gasto de traslado y de viaje
Fiscalia señaló que lo expuesto permite elaborar argumentos para la consideración del gasto de traslado, no necesariamente como gasto de viaje sujeto a los requisitos citados, sino como otro gasto propio de la actividad y, por ende, deducible.
Pero aclaró que los gastos de traslado dentro de la faja de 50 km, no son considerados gastos de viaje y, por ende, puede deducirse sin los topes propios de los gastos de viaje.
Además, indicó que este tipo de gastos se limitarían al traslado, como puede ser servicio de taxi o cuotas carreteras, y difícilmente se consideraría un hospedaje, pues no parece justificarse el gasto por un pernocte si geográficamente se encuentra geográficamente cercano al centro de trabajo.
En su texto, Fiscalia también analiza la manera en que debe calcularse el área de los 50 Km referidos.
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