Así puedes deducir impuestos con tus donativos en México
En México, los donativos hechos a instituciones autorizadas son deducibles de impuestos, pero hay reglas y límites específicos tanto para personas físicas como morales.
Límite de donativos para personas morales
Para las personas morales, el monto deducible de los donativos puede alcanzar hasta el 7% de la utilidad fiscal obtenida en el ejercicio anterior. Si los donativos son para la Federación, entidades federativas, municipios o sus organismos descentralizados, el límite baja al 4% de la utilidad fiscal del año anterior, pero en ningún caso la deducción total puede superar el 7%. Esto lo establece el Artículo 27, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Límite de donativos para personas físicas
En el caso de personas físicas, los donativos son deducibles hasta por el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior, antes de aplicar las deducciones personales. Para donativos a la Federación o sus organismos, el límite baja al 4%, pero tampoco puede exceder el 7% total. Esta regulación está en el Artículo 151, fracción III, de la Ley del ISR.
Además, las personas físicas enfrentan un límite general de deducciones: cinco veces el valor anual de la UMA o el 15% del total de ingresos. Fiscalia también advierte que si los donativos son entre partes relacionadas, la donataria no puede contratar servicios, vender bienes o ceder su uso temporal con la parte que hizo el donativo.
Donativos de coordinados
Para quienes están en el Régimen de Coordinados, la Regla 1.6 de la Resolución de Facilidades Administrativas para 2023 permite deducir donativos a organismos públicos descentralizados, siempre que sean para proyectos de infraestructura productiva en el sector de autotransporte de carga federal.
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