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¿Qué sucede si la mercancía en traslado no se acompaña de Carta Porte?

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Además del problema de la no deducibilidad de los fletes y la posible presunción de contrabando, existe la posibilidad de incurrir en las siguientes multas

La Carta Porte es un complemento obligatorio del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para el traslado de mercancías. Este documento es crucial para garantizar la legalidad y trazabilidad del transporte de bienes.

La falta de la Carta Porte o el incumplimiento de sus requisitos puede acarrear multas y sanciones significativas.

El 17 de julio de 2024 entró en vigor el uso obligatorio de la versión 3.1 del Complemento Carta Porte. Esta versión fue dada a conocer el 17 de junio de 2024. Al día de hoy, ya no es posible emitir este complemento en ninguna de sus versiones anteriores.

De acuerdo con Fiscalia, una pregunta común entre las empresas que mueven la mercancía, sea por medios propios o por medio de transportistas, es ¿qué sucede si no se acompaña con la carta de porte?

La consultora explicó que adicional al problema de no deducibilidad de los fletes y la posible presunción de contrabando, existe la posibilidad de hacerse acreedor a las siguientes multas:

Además, Fiscalia señaló que se castiga con tres a seis años de prisión cuando:

Fiscalia considera que las sanciones relacionadas al Complemento Carta Porte parecen excesivas, incluso existen algunas que no son específicas, sino genéricas, de ahí que exista concurrencia en las sanciones. Por lo anterior, sigirió que los Complementos Carta Porte sean emitidos correctamente.

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