el Contribuyente

¿Qué facturas considera el SAT en el prellenado del pago provisional de PM?

La mecánica del prellenado de la declaración de pagos provisionales del ISR de las personas morales continúa generando dudas entre los contribuyentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) utiliza los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas emitidas y recibidas por las personas morales, para el prellenado de los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Este proceso de prellenado facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales y mejora la precisión en la declaración de impuestos.

De acuerdo con Fiscalia, la mecánica del prellenado de la declaración de pagos provisionales del ISR de las personas morales continúa generando dudas entre los contribuyentes, al no tener la certeza de qué información considera la autoridad para estos efectos.

El SAT precisó los CFDI que considera para el prellenado del pago provisional de PM

En este sentido, la consultora indica que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisó, a través de diversos medios, inclusive en el mismo formato de declaración, que la aplicación está diseñada para precargar la información de los CFDI, de acuerdo a lo siguiente:

Para efectos del ISR del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas morales:

Para efectos del ISR del Régimen General de personas morales:

Para efectos del ISR de las sociedades y asociaciones civiles:

Además, Fiscalia explicó que la declaración cuenta con las opciones de disminuir o adicionar ingresos atendiendo a las preguntas ¿Tienes ingresos a disminuir? o en su caso ¿Tienes ingresos adicionales?

Por lo anterior, el contribuyente puede adicionar o disminuir los ingresos prellenados, seleccionando “Si” a las preguntas antes mencionadas.

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