el Contribuyente

¿Los adultos mayores deben pagar impuestos por la Pensión para el Bienestar?

Existen contribuyentes que reciben la Pensión de Bienestar adicional a la propia pensión que, por derecho de antigüedad, reciben de cualquiera de las instituciones de seguridad social

La Pensión de Bienestar es un programa social destinado a proporcionar apoyo económico a adultos mayores y a otros grupos vulnerables, y es otorgada por el Gobierno de México.

Recientemente se planteó una inquietud al Servicio de Administración Tributaria (SAT) relativa al tratamiento fiscal de la Pensión de Bienestar.

La pregunta fue planteada a través de la Primera Reunión 2024 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, celebrada el 14 de mayo de 2024.

Esta duda deriva de que existen contribuyentes que reciben la Pensión de Bienestar adicional a la propia pensión que, por derecho de antigüedad, reciben de cualquiera de las instituciones de seguridad social. Esto se debe a que no resulta claro cuál es su efecto fiscal, su tratamiento y, en su caso, la forma de declararla en el formato de declaración anual. Sobre todo si se diera el caso en que se reciben dos pensiones que, en su conjunto, sobrepasan los límites de exención.

Los apoyos del Gobierno de México no se consideran ingresos

Al respecto, el SAT aclaró que los apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos, de la Federación o de las Entidades Federativas, como es el caso de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, no se consideran ingresos para las personas físicas. Esto, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 90, quinto párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR).

Por eso, Fiscalia indicó que estos ingresos no son objeto del impuesto. Además, aclaró que no es lo mismo un ingreso exento que uno no objeto. El ingreso no objeto simplemente no se ubica en el imperio de Ley, mientras que el exento sí está considerado en el objeto del impuesto, pero se libera al contribuyente de la obligación de pagar impuesto sobre él.

Por lo anterior, los ingresos que no son objeto del impuesto ni siquiera se informan en la declaración.

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