Los patrones deben conocer cuáles son las fechas límite para el cumplimiento del reparto de utilidades según la ley, para evitar problemas laborales
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) es un derecho laboral en México que permite a los empleados recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa en la que laboran.
De acuerdo con Fiscalia, el 1 de mayo de 2019 se reformó la Ley Federal del Trabajo (LFT) incorporando, entre otras cosas, el Artículo 3-Ter, el cual contiene una serie de definiciones de conceptos.
El nuevo Artículo 3-Ter, en su fracción V, establece que el término “día” se refiere a “día hábil, salvo que expresamente se mencione que se trata de días naturales”. Mientras que el Artículo 122 del mismo ordenamiento, que prevé el plazo para el pago de la PTU, no fue reformado y continúa indicando que “el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores”.
Plazos para la PTU si se aplicara la reforma
En este contexto, Fiscalia expuso que si se aplicara la reforma, como tal, los plazos para la entrega de la PTU serían el 22 de junio para personas morales, y el 24 de julio para personas físicas.
Pero señaló que lo anterior no parece ser este el sentido de la reforma, inclusive el material informativo difundido por la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para el reparto de la PTU, señala el vencimiento tradicional de mayo y junio, como se indica anteriormente.
Fechas límite para pagar la PTU
Fiscalia considera que los patrones deben conocer cuáles son las fechas límite para el cumplimiento de esta obligación según la ley, para evitar problemas laborales. Y como parte de la conclusión de su análisis afirmó que si se consideran los vencimientos de las declaraciones anuales del 2023, se tienen las siguientes fechas límite:
- Personas morales: Mayo 31 de 2024, puesto que el plazo para presentar la declaración venció el 1 de abril de 2024.
- Personas físicas: Junio 29 de 2024, puesto que el plazo para presentar la declaración venció el 30 de abril de 2024.
Por eso, Fiscalia recomendó que, en la medida de lo posible, esta obligación se presente con suficiente anticipación para evitar incomodidades o inconformidades por parte de los beneficiados con esta percepción.
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