¿Los CFDI de nómina se deben entregar al trabajador en forma impresa?
La ley establece que los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio
Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina son documentos electrónicos que se emiten para registrar los pagos de salarios y demás remuneraciones a los empleados.
Desde el 2 de mayo de 2019, los CFDI de nómina sustituyeron al recibo impreso, según reseña Fiscalia.
Lo anterior se debe a una adición que sufrió el Artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), derivada de la Reforma Laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de mayo de 2019, que establece que los recibos de pago contenidos en CFDI pueden sustituir a los recibos impresos.
En este sentido, la disposición establece que el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en caso de ser validado se estará a lo dispuesto en el Artículo 836-D, fracción I, de la LFT. Es decir, puede ser utilizado como prueba en caso de algún procedimiento judicial.
Pero Fiscalia señaló que la disposición reformada establece que, en todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago.
El efecto de esta reforma es que los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.
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