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Atención: Venció el plazo para presentar el aviso de dictamen del IMSS

El aviso de dictamen debió presentarse dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior



El Contribuyente
2 mayo, 2024

Los patrones que en el ejercicio 2023 tuvieron un promedio anual de 300 trabajadores o más, en 2024 están obligados a dictaminar el cumplimiento de las obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por contador público autorizado. Esto lo establece el Artículo 16 de la Ley del Seguro Social (LSS).

De acuerdo con Fiscalia, el promedio anual de trabajadores se calculará dividiendo entre 12 el total de trabajadores que durante cada mes prestaron servicios.

Para hacer lo anterior, se deberán considerar a los trabajadores de todos los registros patronales con que cuente el patrón. Así lo dispone el Artículo 152 del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), de la Ley del Seguro Social.

Dictamen voluntario

Los patrones que deseen dictaminarse voluntariamente, podrán hacerlo aún y cuando no se ubiquen en el supuesto mencionado.

Fiscalia destacó que aquellas personas que se dictaminen no serán sujetas de visitas domiciliarias por los ejercicios dictaminados, excepto en los siguientes casos:

  • Cuando el dictamen se presente con abstención de opinión, opinión negativa o con salvedades sobre aspectos esenciales del dictamen
  • Cuando derivado de la revisión interna del dictamen, se determinen diferencias que no se aclaren o se paguen.

Fecha límite para presentar el dictamen

En este sentido, el Artículo 156 del RACERF establece que el aviso de dictamen de estas obligaciones debe presentarse dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior. Es decir, a más tardar el 30 de abril del año siguiente.

Así que para el dictamen del ejercicio 2023 el plazo venció el 30 de abril de 2024, sin extensión de plazo.

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