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Alternativas para el ajuste del nuevo subsidio para el empleo

La mecánica plasmada por la autoridad en la ‘Guía de llenado del CFDI de nómina’, contiene algunas omisiones que hacen incorrecta su aplicación en ciertos casos



El subsidio para el empleo se debería actualizar como las tarifas del ISR Colegio de Contadores
(Imagen: El Contribuyente)
29 mayo, 2024

La aplicación del nuevo subsidio al empleo 2024 y las dudas que existen sobre su manejo, reviven una antigua discusión relativa a la manera en que los ajustes al subsidio que se hacen al final de cada mes deben manifestarse en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina.

Lo anterior se debe a que la mecánica plasmada por la autoridad en la ‘Guía de llenado del CFDI de nómina’, contiene algunas omisiones que hacen incorrecta su aplicación en ciertos casos, de acuerdo con Fiscalia.

Por eso, la consultora recomienda ver el estudio ‘Alternativas de manejo del ajuste al subsidio al empleo’, de Leal Cueva, publicado el 3 de diciembre de 2019, en el que se aborda con detalle técnico esta situación.

Alternativas de tratamiento

En el estudio se plasman las siguientes alternativas técnicas para solventar los problemas que los patrones pueden enfrentar al llenar el CFDI de nómina:

1. Abandonar el ajuste al ISR mensual

La primera alternativa es la de abandonar la mecánica de ajuste mensual al ISR sobre los salarios, de manera que los trabajadores solamente recuperen las retenciones efectuadas en exceso hasta que les sea calculado su impuesto anual o cuando ellos presenten su declaración anual.

Esto traerá consecuencias laborales en la práctica porque los trabajadores verán afectado su ingreso disponible mensual, lo que genera un clima adverso dentro de la empresa.

En este caso se requerirá de una labor de concientización hacia la planta laboral y buscar que la inconformidad no escale.

2. Continuar con ajuste e identificar los campos precisos para informar en CFDI

La segunda alternativa es continuar realizando el ajuste e identificar los campos pertinentes en el CFDI, bajo los nuevos lineamientos del SAT, para informarlos de manera clara.

Para esto es menester partir de la premisa de que no existe disposición en la legislación fiscal que prohíba que se haga un ajuste mensual; inclusive se debe tener presente que la premisa inicial de la Ley del ISR es que el impuesto se calcula de manera mensual, y que los cálculos con periodicidad inferior son meramente un procedimiento opcional, lo que implica que quienes tomen la opción de efectuar cálculos semanales o quincenales, no están impedidos de efectuar un ajuste anual.

Fiscalia aclaró que aunque el estudio se refiere al subsidio al empleo de 2013, es igualmente aplicable a las situaciones presentadas con el ajuste que se hará en mayo de 2024 derivado del nuevo subsidio al empleo.

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