¿Qué alternativas tengo para recuperar mi saldo a favor del SAT?
Las alternativas para recuperar el saldo a favor dependen de las condiciones de cada contribuyente y los requisitos específicos establecidos por las autoridades fiscales
Las personas físicas empezaron a presentar su declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) en abril de 2024, al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Al presentar la declaración anual, las personas físicas pueden obtener un saldo a favor de impuestos que el SAT devolverá.
De acuerdo con la asesora contable Mabel Salazar, la recuperación del saldo a favor de ISR para personas físicas puede realizarse mediante varias alternativas.
La especialista de Soy Conta, la especialista indicó que entre las alternativas para recuperar el saldo a favor destacan las siguientes:
- Compensación: es una manera de aplicar un adeudo versus otra cuenta, para disminuir montos. Pero solo puedes compensar cantidades que tengan un saldo a favor y sean provenientes del mismo impuesto.
- Devolución: se tiene la recuperación del saldo a favor por medio de una devolución que hace el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al presentar la Declaración Anual. La devolución se puede realizar por transferencia o cheque.
- Aplicación contra pagos provisionales: se puede usar el saldo a favor para pagar impuestos provisionales de los meses siguientes al ejercicio fiscal en que se generó el saldo a favor. Cabe mencionar que, los contribuyentes que presenten declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” del portal del SAT no requieren de presentar un aviso adicional.
- Acreditamiento contra ejercicios fiscales futuros: puedes aplicar el saldo a favor contra el ISR a pagar en ejercicios fiscales posteriores, reduciendo la carga tributaria. Siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de prescripción.
- Compensación contra créditos fiscales: también se puede usar el saldo a favor para compensarlo contra créditos fiscales pendientes de pago, como multas o recargos.
Las anteriores son alternativas que tienen los contribuyentes para la recuperación del saldo a favor.
Pero Mabel Salazar señaló que depende de las condiciones de cada contribuyente y los requisitos específicos establecidos por las autoridades fiscales para elegir la más adecuada.
Te puede interesar
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.