La obligación de presentar la declaración anual depende de cada caso particular, pues los ingresos provenientes de pensiones y jubilaciones son considerados como ingresos por sueldos y salarios
Los ingresos por pensiones y jubilaciones se encuentran exentos del Impuesto sobre la Renta (ISR), por lo que no habría que presentar declaración anual por dichos ingresos.
Pero de acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, dependiendo de cada caso habrá o no la obligación de presentar la declaración anual.
El asesor y catedrático indicó que los ingresos por pensiones y jubilaciones se consideran ingresos por sueldos y salarios. Por eso, deben tratar de como ingresos de un trabajador en activo.
En este contexto, el especialista expuso dos supuestos para jubilados y pensionados, establecidos en el Artículo 98 de la Ley de ISR:
- Si la pensión o jubilación excede de 400,000 pesos se tiene la.obligación de presentar declaración anual.
- Si un pensionado recibe ingresos del IMSS y del ISSSTE, es como si recibiera ingresos de dos patrones y tendría que presentar la declaración anual.
Beltrán también explicó que los ingresos por pensiones y jubilaciones cuentan con una exención, pero señaló que es parcial.
El Artículo 93, fracción IV, de la Ley del ISR, establece que no se pagará el ISR por pensiones y jubilaciones hasta el equivalente de 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Es decir, para 2023 el monto exento sería de 567,000 pesos.
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