Hoy termina el plazo para presentar la declaración anual
Quienes presenten su declaración con posterioridad a esta fecha, deberán pagar el impuesto con la actualización y recargos que, en su caso, corresponda
Las personas físicas están obligadas a pagar su impuesto anual del ejercicio 2023 mediante una declaración que se debe presentar en el mes de abril. Esto lo establece el Artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ( Ley del ISR).
Debido a que el 30 de abril de 2024 es martes, la fecha límite no se recorre.
Quienes presenten su declaración con posterioridad a esta fecha, deberán pagar el impuesto con la actualización y recargos que, en su caso, corresponda.
Fiscalia explicó que quienes tengan saldo a favor, y presenten su declaración con posterioridad a esa fecha, no tienen mayores implicaciones en cuanto a su trámite de devolución.
Lo anterior se debe a que el saldo a favor continúa aplicando según la modalidad que le aplica, la cual depende del monto del mismo, bajo el entendido de que la modalidad de devolución automática vence el 31 de julio de 2024.
Lo que debe cuidarse en este caso es que la autoridad no requiera el cumplimiento de esta obligación antes de que esta sea presentada, en cuyo caso el contribuyente puede hacerse acreedor a alguna multa.
Además, señaló que quienes deseen pagar su impuesto anual en parcialidades, deben pagar la primera parcialidad a más tardar el 30 de abril de 2024.
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