El SAT considera no deducibles gastos inherentes a la prima de seguro médico
La autoridad considera, desde hace años, que el único concepto deducible como gasto personal en la declaración anual, es la prima neta del seguro
En México, los contribuyentes personas físicas pueden aplicar la prima de una póliza de seguro como parte de las deducciones personales en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Las pólizas de seguros se emiten siempre con cobros accesorios a la prima del seguro, como pueden ser los recargos por pagos fraccionados o los derechos de expedición de póliza,.
De esta manera, un análisis de la consultora Fiscalia indica que generalmente el desglose del cobro de un seguro se compone como se muestra en el siguiente ejemplo:
Concepto | Monto | IVA | Total |
---|---|---|---|
Prima neta de seguro de gastos médicos | 44,922.58 | 7,187.61 | 52,110.19 |
Recargo por pago fraccionado | 1,825.50 | 292.08 | 2,117.58 |
Derecho de póliza | 715.00 | 114.40 | 829.40 |
Total | 55,057.17 |
En este caso, el seguro de gastos médicos asciende a 55,057.17 pesos. Pero Fiscalia señaló que a pesar de que todos estos cobros son inherentes al servicio que se está contratando, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera, desde hace años, que el único concepto deducible como gasto personal en la declaración anual, es la prima neta del seguro. Esto, sin importar que el resto de los cargos que hace la aseguradora, son por este mismo servicio.
Fiscalia considera que a pesar de que existe una prima “neta”, que se detalla en las facturas, la realidad es que el costo de la prima es el monto total pagado por el servicio, pero este no es el criterio de la autoridad.
En este contexto, indicó que en la plataforma para la declaración anual de personas físicas continúa manejándose este criterio, y la sección de las deducciones personales continúa descartando esos cobros adicionales como parte de la deducción, dejando únicamente la prima neta como gasto sujeto a deducción.
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