La exención no es total, es parcial, y consiste en el equivalente a 7,000 unidades de inversión, es decir, aproximadamente 5 millones de pesos
En México, la venta de una casa habitación puede tener implicaciones fiscales en términos de un impuesto que se aplica a la ganancia obtenida en la transacción.
Pero de acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, cuando un contribuyente vende su casa habitación, goza de una exención del no pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
El asesor y catedrático indicó que para que se valide la exención, la operación tiene que hacerse ante un notario público, quien hará ciertas validaciones.
Por ejemplo, explicó el especialista, el notario comprobará que el domicilio de la casa habitación corresponda a la casa habitación donde vivió el contribuyente. Para hacer esto, podría solicitar documentos como el recibo de pago de agua, luz, teléfono, que pudieran estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes en linea recta.
Además, señaló que el periodo para abarcar la excepción no debe exceder de 3 años entre una venta y otra.
“Pensemos que en 2020 vendiste una casa habitación y en 2022 vendiste otra, entonces está última no tendría la exención”, expresó.
Pero el especialista dijo que la exención no es total, es parcial, y consiste en el equivalente a 7,000 unidades de inversión. Es decir, aproximadamente 5 millones de pesos (mdp).
En este contexto, Beltrán expuso dos escenarios:
- En el que la venta esté totalmente exenta del pago de ISR. Si la casa habitación se vende en 4 mdp estaría totalmente exenta, porque la exención es de 5 mdp. Pero se debe informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- En el que la venta esté parcialmente exenta del pago de ISR. Es decir, parcialmente grabada. Sí la casa habitación se vendió en 7 mdp, aproximadamente 5 mdp estarían exentos de ISR y se tendría que hacer el calculo del Impuesto a pagar.
El especialista advirtió que en caso de no informar al SAT, si la venta excede de 600,000 pesos, se pierde la exención. Además, señaló que el SAT podría determinar una discrepancia fiscal, porque el contribuyente tendría más gastos que los ingresos reportados.
Puedes ver el video de Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: 30 de marzo de 2024.
Te puede interesar