el Contribuyente

¿Qué pasa si no atiendo una entrevista de Vigilancia Profunda del SAT?

Las entrevistas de Vigilancia Profunda involucran a los departamentos de Recaudación y de Auditoría del SAT, por lo que hay muchas autoridades relacionadas y atentas a estos procesos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene un Programa de Vigilancia Profunda, que sirve para que los contribuyentes aclaren o rectifiquen omisiones, diferencias e inconsistencias detectadas.

En el marco del programa de vigilancia profunda, y a fin de incentivar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT realiza las siguientes acciones:

De acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, una pregunta que él hace al personal del SAT, cuando sus clientes lo invitan a asistir a una entrevista de vigilancia profunda, es la siguiente: ¿Qué es lo que sucedería si el contribuyente no atiende ninguno de los puntos expuestos?

El asesor y catedrático indicó que el personal del SAT responde diciendo que ante el tema de diferencias, el Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece la facultad y el procedimiento por la cual la autoridad fiscal puede restringir temporalmente los Certificados de Sellos Digitales (CSD).

Además, el personal recuerda que esto no solamente lo ve el departamento de Recaudación del SAT, sino que lo puede revisar el área de Auditoría. Entonces hay muchas autoridades relacionadas y atentas a los expedientes de las entrevistas.

En el video “Entrevistas de vigilancia profunda SAT”, el especialista indicó que, en su opinión profesional, no se debe restar importancia a las entrevistas y, al contrario, se deben ver como una buena oportunidad.

Por eso, Mario Beltrán considera que hay que aprovechar esa oportunidad, con la cual los contribuyentes observan si hay diferencias, hacen las complementarias para corregir, y aclaran en caso de que tengan razón.

Puedes ver el video que publicó Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: 31 de julio de 2024.

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