Uno de los errores más comunes por parte de los contribuyentes, es el de no realizar una conciliación de ingresos nominales
Las personas morales deben presentar su declaración anual, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a más tardar dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termina el ejercicio fiscal. Es decir, la declaración anual de personas morales del ejercicio fiscal de 2023, debe presentarse a más tardar en marzo de 2024.
Pero de acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), si el último día de marzo es domingo, el último día para presentar la declaración será el 1 de abril de 2024.
El SAT modifica los aplicativos de la declaración anual cada año
El presidente de la Comisión Fiscal del IMCP, Víctor Manuel Cámara Flores, dijo que cada año la autoridad fiscal realiza modificaciones y actualizaciones a los aplicativos para el cumplimiento de obligaciones.
Por lo anterior, el especialista señaló que en ocasiones la implementación de estas actualizaciones genera algunos puntos importantes a considerar en el momento de su llenado.
Los errores más comunes al presentar la declaración anual de personas morales
En este contexto, el integrante del IMCP expuso algunos de los errores más comunes de los contribuyentes al presentar la declaración anual de personas morales:
Uno de los errores más comunes por parte de los contribuyentes, es el de no realizar una conciliación de ingresos nominales, en donde se tengan perfectamente identificados y amarrados:
- Los ingresos señalados en los CFDI
- Los ingresos registrados en contabilidad
- Los ingresos declarados en los pagos provisionales
- Los ingresos señalados en el visor de ingresos
- Los ingresos precargados en la declaración anual 2023.
En conferencia de prensa, Cámara Flores explicó que comúnmente los puntos a, d y e suelen ser los mismos. Esto se debe a que los visores y la precarga de la declaración se alimentan de los CFDI.
Pero el especialista recordó que puede haber elementos como notas de crédito, descuentos o bonificaciones, CFDI cancelados y sustituidos, así como CFDI al público en general referenciados a un periodo distinto al que fueron emitidos, etcétera, los cuales pueden generar diferencias entre los ingresos declarados en los pagos provisionales y los registrados en contabilidad.
El error es que, al no tener integradas y amarradas las diferencias señaladas por el contribuyente, le será muy complicado concluir el llenado y la presentación de la declaración anual, ya que deberá hacer ajustes en su contabilidad o en los pagos provisionales presentados, lo cual implica una inversión importante de tiempo.
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