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¿Se puede modificar la información precargada en la declaración anual de personas morales?

La información precargada en el aplicativo de la declaración anual de personas morales se puede modificar pero sólo algunos rubros



Recomiendan verificar cuenta precargada en la declaración, para recibir la devolución automática
(Imagen: El Contribuyente)
29 febrero, 2024

La declaración anual de personas morales es una obligación fiscal de las empresas y entidades jurídicas, que consiste en presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un resumen de sus actividades financieras.

El 1 de abril de 2024 es la fecha límite para que las personas morales presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2023.

¿Cómo se modifica la información precargada en la declaración anual?

De acuerdo con Héctor Eduardo Jiménez Rodríguez, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, la información precargada en el aplicativo de la declaración anual de personas morales se puede modificar.

Pero en entrevista con El Contribuyente, el especialista dijo que se deben tomar, entre otras, las siguientes consideraciones:

  • El aplicativo sí permite modificar directamente algunos rubros. Por ejemplo, los estados financieros de 2023, las clasificaciones de los tipos de ingresos y deducciones del año.
  • Lo que el aplicativo no permite modificar directamente es el monto de los ingresos nominales. Este monto viene precargado con el pago provisional de diciembre de 2023. Si los contribuyentes identifican que esos ingresos son incorrectos, tienen que presentar declaraciones mensuales complementarias, para que se modifiquen los montos y se reflejen de manera correcta en la declaración anual. Esto se debe a que el sistema no permite modificar directamente esos datos.
  • Otro dato que también viene precargado en el aplicativo de la declaración anual y que tampoco se puede editar directamente, es la información de nóminas. En este caso, la recomendación es que los contribuyentes verifiquen la información precargada en el ‘Visor de nómina’ del SAT, para identificar discrepancias con los registros de la compañía y tomar las acciones correctivas correspondientes.
  • Por ejemplo, podría haber CFDI de nómina timbrados incorrectamente, o que no están timbrados y que deberían estarlo. En este caso, se tendrían que timbrar los CFDI de nómina que no estén timbrados, o cancelar o remitir los que correspondan. De esta manera, la información del ‘Visor de nómina’ se actualizará, y a su vez se modificará la información precargada del aplicativo de la declaración anual.

En entrevista con El Contribuyente, el especialista recomendó a los contribuyentes que vayan ingresando al aplicativo de la declaración anual lo antes posible, para que vayan viendo la información precargada.

El contador explicó que los contribuyentes deben hacer está revisión por adelantado, para que vean si les hace sentido o si tienen alguna discrepancia con los ingresos nominales que tienen en sus declaraciones a diciembre en sus papeles de trabajo.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México considera que los contribuyentes deben ir tomando las acciones correctivas con tiempo, para dar tiempo a que las modificaciones se vean reflejadas en el portal del SAT.

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