¿Qué cambios tiene el aplicativo para la declaración anual de personas morales en 2024?
Especialistas recomiendan ingresar al aplicativo del SAT de la declaración anual lo antes posible, para que vayan viendo la información precargada
La declaración anual de personas morales es una obligación fiscal de las empresas y entidades jurídicas, que consiste en presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un resumen de sus actividades financieras.
El 1 de abril de 2024 es la fecha límite para que las personas morales presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2023.
Cambios en la declaración anual de personas morales en 2024
De acuerdo con Héctor Eduardo Jiménez Rodríguez, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, los cambios en el aplicativo del SAT para la declaración anual de personas morales, de 2023 a 2024, son los siguientes:
- En el aplicativo de este año, para presentar la información del ejercicio fiscal 2023, no se solicita el estado financiero de ‘variaciones en el capital contable’ y tampoco el de ‘flujo de efectivo’.
- En los estados financieros que sí se incluyen, que son ‘balance general’ y ‘estado de resultados’, se precarga la información de la declaración del ejercicio fiscal 2022. Así que si presentaste estados financieros en 2022, esa información del ‘balance general’ y del ‘estado de resultados’ vendrá precargada en las columnas del ejercicio 2022, y únicamente hay que llenar la información de 2023.
En entrevista con El Contribuyente, el especialista recomendó a los contribuyentes que vayan ingresando al aplicativo de la declaración anual lo antes posible, para que vayan viendo la información precargada.
El contador explicó que los contribuyentes deben hacer está revisión por adelantado, para que vean si les hace sentido o si tienen alguna discrepancia con los ingresos nominales que tienen en sus declaraciones a diciembre en sus papeles de trabajo.
El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México considera que los contribuyentes deben ir tomando las acciones correctivas con tiempo, para dar tiempo a que las modificaciones se vean reflejadas en el portal del SAT.
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