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El SAT incluyó opciones para presentar ‘declaraciones por liquidación’

La Prodecon recomendó guardar evidencias, como pueden ser capturas de pantalla en las que se advierta fecha y hora, para que se pueda analizar cada situación en particular



El SAT aclara 25 dudas sobre el la declaración anual de personas morales 2020 
(Imagen: El Contribuyente)
13 febrero, 2024

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente informó que el aplicativo de declaraciones y pagos se modificó para incluir las opciones para presentar las “declaraciones por liquidación”.

La Prodecon explicó que si eres persona moral que tributa en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y te encuentras en proceso de liquidación, toma en cuenta que a partir del 1 de enero de 2024 puedes presentar las siguientes declaraciones:

  • “Del ejercicio por terminación anticipada”
  • “Del ejercicio de liquidación”
  • “Última del ejercicio por liquidación”.

Lo anterior lo puedes hacer a través de la plataforma habilitada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para tal efecto.

El ombudsman fiscal indicó que el SAT tiene a disposición de los contribuyentes, mediante su portal electrónico oficial, las “Guías de llenado” para la presentación de todas las declaraciones que forman parte del proceso de liquidación aquí.

Los contribuyentes pueden acudir a la Prodecon en caso de que durante el proceso para la presentación de cualquiera de las declaraciones antes mencionadas, la herramienta o plataforma habilitada para tal efecto presente alguna falla o intermitencia en su funcionamiento.

En caso de fallas o intermitencias, la Prodecon recomendó guardar evidencias, como pueden ser capturas de pantalla en las que se advierta fecha y hora, para que se pueda analizar cada situación en particular.

Puedes ver la información que publicó la Prodecon aquí / Fecha de publicación: febrero de 2024.

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