El Contribuyente
Síguenos
empty

Las personas morales que dejaron o empezaron a usar el RESICO deben avisar al SAT

El Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones se debe presentar a más tardar el 31 de enero de 2024



(Imagen: El Contribuyente)
29 enero, 2024

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente indicó que las personas morales que dejaron o empezaron a usar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), deben presentar un aviso a más tardar el 31 de enero de 2024.

Se trata del “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, que se debe presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El 29 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024.

De acuerdo con la Prodecon, el Transitorio Vigésimo de la RMF para 2024 establece lo siguiente:

  • Las personas morales que dejen de tributar en el RESICO, deberán presentar a más tardar el 31 de enero de 2024, el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, de conformidad con la ficha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A, o bien, a través de la presentación de un caso de “Servicio o solicitudes”, desde “Mi Portal”, a través del portal del SAT, eligiendo el trámite “AVISO_RSC_RGL_PM”, a fin de cumplir con sus obligaciones de acuerdo al régimen que le corresponda.
  • Tratándose de personas morales que, a partir del 1 de enero de 2024, deban cumplir con sus obligaciones fiscales conforme al RESICO, deberán presentar a más tardar el 31 de enero de 2024, el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, de conformidad con la ficha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A, o bien, a través de la presentación de un caso de “Servicio o solicitudes”, desde “Mi Portal”, a través del Portal del SAT, eligiendo el trámite “AVISO_RSC_PM”.

Para la presentación de los avisos mediante un caso de “Servicio o solicitudes”, desde “Mi Portal”, las personas morales deberán cumplir con los requisitos de información y documentación señalados.

Te puede interesar

SAT: Inteligencia Artificial se usará para revisar conceptos de facturación

El uso de Inteligencia Artificial no debe asustar a los contribuyentes: SAT

 

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

El SAT advierte: Tus deducciones, en riesgo si operas con empresas fuera del REPSE

El SAT publicó la 2a RMRMF 2021, 2a versión anticipada

Conoce los cambios de la segunda modificación a la Miscelánea Fiscal 2024

Régimen de arrendamiento: ¿Cómo elegir entre deducción ciega y erogaciones reales?

¿Qué esperar ante los desafíos regulatorios y de impuestos para las corporaciones en México?