el Contribuyente

En qué casos los empleadores no deben calcular el ISR anual de sus trabajadores

Es importante revisar los casos en que los empleadores no están obligados a realizar el cálculo anual
Las personas físicas y morales, en carácter de empleadores, deben calcular el Impuesto sobre la Renta (ISR) anual para cada uno de tus trabajadores. Esto lo establece el Artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (Ley del ISR).

El ISR a cargo derivado del cálculo del impuesto anual debe reflejarse en la primera quincena de enero de 2024, o a más tardar en febrero de 2024. Esto lo establece el Artículo 97 de la Ley del ISR.

Casos en que los empleadores no están obligados a calcular el ISR anual

Pero de acuerdo con especialistas de Soy Conta, es importante revisar los casos en que los empleadores no están obligados a realizar el cálculo anual:

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