Cuidado: Revisa el REPSE antes de contratar servicios especializados
Desde 2021 se prohibió el outsourcing o subcontratación de personal, pero que lo que sí se permite es la contratación de empresas inscritas en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas
El Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 69-B, prevé un procedimiento para que las autoridades fiscales presuman la inexistencia de las operaciones de los contribuyentes. Esto cuando detecten la emisión de comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan dichos comprobantes o cuando no se localice al contribuyente.
Procedimiento para determinar inexistencia de operaciones
El procedimiento mencionado se divide en dos fases distintas, las cuales se desarrollan de forma secuencial:
- Supuesto de Empresa que Factura Operaciones Simuladas (EFOS). La primera fase es con el contribuyente que emite los comprobantes fiscales. En esta fase, la autoridad fiscal determina de manera presuntiva y posteriormente definitiva, la inexistencia de operaciones amparadas en los comprobantes que emitió, así como su inclusión en un listado de contribuyentes que no desvirtuaron esa imputación.
- Supuesto de Empresa que Deduce Operaciones Simuladas (EDOS). La segunda fase se desahoga con el receptor que le dio efectos fiscales a los comprobantes que emitió la EFOS. Esta fase se desarrolla cuando el receptor de los comprobantes comparece ante la autoridad, para acreditar que efectivamente adquirió los bienes o servicios facturados.
De acuerdo con Carlos Orozco-Felguerés Loya, presidente del ‘Grupo ORFE, Asesores Tributarios’, si un proveedor es enlistado de manera definitiva como una EFOS, sus clientes tendrán que acreditar la materialidad de las operaciones registradas en las facturas que recibieron.
Durante el 5° Congreso Compliance 2023, organizado por la empresa de servicios de información empresarial Thomson Reuters, el especialista fiscal explicó que la materialidad de algunas operaciones es más fácil de acreditar que otras.
Al impartir la ponencia ‘Materialidad en las operaciones fiscales y de cumplimiento ante el SAT’, Orozco-Felguerés Loya dijo que se debe partir de operaciones reales y se debe cuidar la materialidad, en especial las de servicios de naturaleza civil y mercantil.
“Lo demás es sencillo si existió: costo de lo vendido, activos, inversiones, nómina, no deducibles y REPSE”, expresó.
El presidente del ‘Grupo ORFE, Asesores Tributarios’ recordó que desde 2021 se prohibió el outsourcing o subcontratación de personal, pero que lo que sí se permite es la subcontratación de empresas inscritas en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE).
En este contexto, señaló que los proveedores con REPSE no pueden ser enlistados como EFOS, porque antes tendrían que perder el registro.
Además, el especialista dijo que acreditar la materialidad de las operaciones con los proveedores REPSE sí es posible. “No es sencillo, pero es posible hacer el entregable”, indicó.
Por eso, Orozco-Felguerés Loya comentó que si las empresas tienen que contratar servicios, cada vez más quieren que tengan REPSE. Esto se debe a que así no se tienen que estar preocupando de que ese proveedor facture operaciones simuladas.
Por ejemplo, dijo que hay empresas que le solicitan servicios, pero quieren que se los brinde como REPSE.
¿Qué es el compliance?
En el evento, Juan Manuel Jiménez Illescas, exmagistrado de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) dijo que cuando se explica qué es el compliance, generalmente sólo se dice que es el cumplimiento normativo.
Pero el exmagistrado aclaró que el compliance es algo más complejo. Explicó que es el diseño de protocolos de actuación, para que las empresas conozcan cuáles son las normas y las obligaciones que deben cumplir, y que tienen que ver con su actividad económica.
Además, Jiménez Illescas señaló que con el compliance, las empresas pueden hacer un marco de control y mapeo de riesgos, para cumplir con las normas y sus obligaciones en todos los órdenes: laboral, tributario, civil, de seguridad social, entre otros.
5° Congreso Compliance 2023
Thomson Reuters considera que el compliance es esencial para que las empresas operen de manera legal, ética y responsable.
Además de evitar sanciones y multas por parte de las autoridades, indicó que el cumplimiento normativo contribuye a mejorar la reputación de la empresa, mitiga los riesgos y fortalece la confianza con los clientes y otras partes interesadas en hacer negocios.
En el 5° Congreso Compliance 2023 se abordaron temas fiscales, contables, laborales, de seguridad social, de comercio exterior, de prevención de lavado de dinero, entre otros.
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