El cumplimiento de las reglas de la subcontratación de servicios u obras especializadas es uno de los principales riesgos de las empresas
Desde la reforma en materia laboral de 2021, el outsourcing o subcontratación de personal está prohibida. Pero lo que sí se permite es la subcontratación de servicios u obras especializadas distintas al objeto social y la actividad económica preponderante del contratante.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), en el Artículo 15, establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
De acuerdo con Carlos Orozco-Felgueres Loya, integrante de la Comisión Técnica Sector Empresarial del Colegio de Contadores Públicos de México, la mayoría de las empresas usaban el outsourcing para contratar a su personal antes de la reforma.
Pero el contador explicó que las empresas tuvieron que transitar a una nueva subcontratación, siguiendo las reglas del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE).
Uno de los principales riesgos de las empresas
En este contexto, el también presidente del Grupo Orozco-Felgueres y Asociados afirmó que el cumplimiento de las reglas de la subcontratación de servicios u obras especializadas es uno de los principales riesgos de las empresas.
El especialista explicó que las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas sin contar con el REPSE pueden ser sancionados por el delito de defraudación fiscal.
Por su parte, las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.
Revisa tu objeto social antes de subcontratar servicios especializados
El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México dijo que muchas empresas contratan servicios especializados, pero no pueden hacerlos deducibles, porque para poder contratarlos tuvieron que cambiar su objeto social.
Por eso, recomendó a las empresas que cambien su objeto social a uno que no tenga la actividad que quieren subcontratar. Además, deben revisar que los proveedores de los servicios tengan el REPSE, y hay que cumplir con los demás requisitos establecidos.
Carlos Orozco-Felgueres Loya dijo lo anterior durante una de las presentaciones de su libro al presentar su libro “Principales riesgos de la empresa”, en la primera edición de la Feria del Libro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Puedes ver el vídeo de la presentación del libro “Principales riesgos de la empresa” aquí / Fecha de publicación: 26 de septiembre de 2023.
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