Te mostramos las recomendaciones de especialistas para demostrar el origen y destino de las transferencias entre cuentas propias
El Código Fiscal de la Federación (CFF) dispone que, a menos que se demuestre lo contrario, las autoridades fiscales asumirán que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente, no respaldados por los registros contables obligatorios, constituyen ingresos o valor de actividades sujetas a tributación. Este precepto está contenido en el Artículo 59, fracción III, del CFF.
Según las afirmaciones del experto en asuntos fiscales Mario Beltrán, todo importe ingresado a la cuenta bancaria de una persona física, ya sean depósitos o transferencias, podría ser considerado como ingreso por parte de las autoridades fiscales, a menos que se demuestre lo contrario.
Dentro de este marco, el experto en materia fiscal esclareció la interrogante siguiente: ¿Está obligado un contribuyente a abonar impuestos por las transferencias electrónicas que efectúa entre sus propias cuentas bancarias, ya sea entre una cuenta “A” en un banco y otra cuenta “B” en el mismo banco o en diferentes entidades bancarias?
Para demostrar el origen y destino de las transferencias entre cuentas propias, Mario Beltrán expuso las siguientes recomendaciones:
1. Reúne los estados de cuenta bancarios de ambas cuentas
Descarga o gestiona los estados de cuenta, de ambas cuentas, de manera preventiva. No te esperes a tener el problema, porque luego el SAT te pone ciertos plazos, y de no atenderlos no te reconoce tu explicación o tu prueba, y te podría imponer una multa.
Deben ser los estados de cuenta de cinco años, que es lo que el SAT podría estar necesitando. Pero podrías tener los más próximos, y si tú movimiento es importante trata de tener esos cinco años.
Te va a costar, porque al ser un movimiento extraordinario el banco te podría cobrar la comisión correspondiente.
2. Guarda los recibos o comprobantes
Cuando hiciste las transferencias de tu cuenta A a tu cuenta B, de seguro te quedaron recibos o comprobantes.
Los vas a necesitar, para comprobar el origen de la cuenta A y el destino en la cuenta B, conjuntamente con el estado de cuenta.
3. Elabora una hoja de cálculo
Si quieres que esto sea más fácil, vas a requerir una hoja de cálculo o de una libreta, que te permita analizar cosas como la siguiente:
El mes pasado recibí 300,000 pesos en mi cuenta bancaria A, entre depósitos y transferencias, y 200,000 pesos corresponden a nómina, 30,000 a una donación, 20,000 a alimentos, el resto es de otros conceptos.
Tienes que identificar cada uno de los conceptos, porque el SAT se va a ir con todo a decir que se debe pagar el impuesto de los 300,000 pesos.
Pero lo anterior depende de la naturaleza del concepto, si se encuentra gravado o exento.
Con esos elementos se pudiera tener un primer avance para poder desvirtuar la presunción del SAT y decir “sí recibí esos 300,000 pesos, una parte fue con transferencia a la cuenta B y no debo pagar el impuesto”. El SAT valorará las pruebas y decidirá si le otorga la razón al contribuyente.
En caso de que el contribuyente no aporte las pruebas necesarias, el SAT cobrará el impuesto de todos los depósitos y transferencias, con actualizaciones y recargos.
Puedes ver el video que publicó el especialista fiscal Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: septiembre de 2023.
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