Montos de deducción de colegiaturas llevan 10 años sin actualizarse
Los contribuyentes deben cumplir ciertos requisitos para que la deducción de colegiaturas sea válida para el SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite deducir el pago de colegiaturas, desde nivel preescolar hasta bachillerato.
Pero de acuerdo con Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, las deducciones de colegiaturas llevan 10 años sin actualizarse.
Por eso, la especialista considera que los montos de la deducción de colegiaturas se debería actualizar por lo menos con el aumento de la inflación.
Además, Ríos Hernández dijo que en la deducción de colegiaturas se debería incluir el nivel universitario, porque es un gasto considerable para los contribuyentes.
Límite anual de la deducción de colegiaturas en 2023
Actualmente, la deducción de colegiaturas no debe de exceder, por cada una de las personas a las que se les paga colegiatura, de los siguientes límites anuales:
- Preescolar: 14,200 pesos
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
Estos montos se establecieron desde que se publicó el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, que fue publicado el 26 de diciembre de 2013.
Ríos Hernández también recordó que los contribuyentes deben cumplir ciertos requisitos para que la deducción de colegiaturas sea válida para el SAT.
Requisitos para deducir colegiaturas
De acuerdo con la autoridad fiscal, no deben considerarse como servicios de enseñanza, las erogaciones efectuadas por concepto de inscripciones, cuotas de mantenimiento, material educativo, transportación escolar, materias o cursos adicionales, uniformes o exámenes de cualquier índole.
Para que la deducción sea válida, la persona por la que se efectúa el pago de colegiaturas no debe percibir, durante el año de calendario, ingresos superiores a un salario mínimo elevado al año, y se debe cumplir con lo siguiente:
- Que los pagos se realicen a instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios
- Que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno, de acuerdo con los programas de Ley, sin que sea aplicable a pagos:
– Que no se destinen directamente a cubrir el costo de la educación del alumno
– Correspondientes a cuotas de inscripción o reinscripción - Las instituciones educativas deberán separar en el comprobante fiscal el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno.
Medios de pago de colegiaturas
Además, los pagos de colegiatura deben realizarse mediante los siguientes medios:
- Cheque nominativo del contribuyente
- Traspasos de cuentas
- Tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
- El pago debe comprobarse mediante documentación que reúna requisitos fiscales, demostrándose fue efectivamente pagado en el año de calendario de que se trate. Si el contribuyente recupera parte de dichas cantidades, el estímulo únicamente será aplicable por la diferencia no recuperada.
Recomendaciones para deducir colegiaturas
Es altamente recomendable que desde este inicio de ciclo escolar se revise que los datos de los alumnos se encuentren correctos, que se planeen los pagos aplicando los medios autorizados y asegurarse de obtener toda la documentación comprobatoria necesaria y que esta cumpla con los requisitos correspondientes y asegurarse de que no contenga errores.
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