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Apunta: puedes deducir hasta $24,500 al año por colegiaturas

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Las deducciones son aplicables únicamente si las colegiaturas fueron pagadas por padres, hijos, cónyuges o concubinos

Las colegiaturas sufragadas en instituciones educativas privadas con reconocimiento oficial para los niveles de preescolar, primaria, secundaria, bachillerato y formación técnica pueden ser deducibles de impuestos, según los parámetros establecidos en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Esta medida busca incentivar la inversión en la educación de los hijos y reducir el impacto económico en los hogares, en un contexto de una alta inflación en México.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite la posibilidad de deducir ciertos gastos educativos en un rango desde preescolar hasta bachillerato, cuyo límite puede ser de hasta 24,500 pesos anuales.

Para los diferentes niveles educativos, existen límites específicos de deducción. Por ejemplo, las colegiaturas relacionadas con preescolar pueden ser deducidas en un monto máximo de 14,200 pesos, mientras que para primaria el tope es de 12,900 pesos al año. En el caso de bachillerato o su equivalente, el límite asciende a 24,500 pesos, y para la formación técnica, la cantidad deducible alcanza los 17,100 pesos.

Es relevante mencionar que estas deducciones son aplicables únicamente si las colegiaturas fueron pagadas por padres, hijos, cónyuges o concubinos. Además, se ofrece una ventaja adicional para aquellos que enfrenten la situación de pagar colegiaturas de dos niveles escolares en un mismo año fiscal.

En estos casos, se puede aplicar la deducción que resulte en un mayor beneficio fiscal, como destacó a Reforma Miguel Ángel Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

Adicionalmente, la Ley de ISR contempla la posibilidad de deducir gastos de transporte escolar obligatorio en instituciones educativas privadas. Esto aplica siempre que el servicio sea utilizado por los hijos del contribuyente y se demuestre que es obligatorio por parte de la escuela o que su costo esté incluido en el pago de la colegiatura.

Es esencial considerar que para efectuar estas deducciones, los gastos deben ser abonados a través de transferencias electrónicas, tarjetas de crédito o débito, o cheques nominativos. El efectivo no es admitido para tales fines, según las precisiones de Tavares.

Finalmente, es importante destacar que, aunque las deducciones por pago de colegiaturas no están dentro del límite del 15% de deducciones personales sobre los ingresos anuales de un contribuyente, el pago por transporte escolar sí se encuentra dentro de este tope, según lo establecido por el SAT.

LÍMITES PARA DEDUCCIONES:

Preescolar: Hasta $14,200.

Primaria: Hasta $12,900.

Bachillerato o equivalente: Hasta $24,500.

Profesional técnico: Hasta $17,100.

 

FORMAS DE PAGO ADMITIDAS:

Transferencia electrónica.

Tarjeta de crédito.

Tarjeta de débito.

Cheque nominativo.

 

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