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SCJN válida obligación de identificar a los beneficiarios controladores

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La Corte explicó que la determinación de la Segunda Sala indica que la medida contemplada en el Código Fiscal de la Federación no afecta derechos de los contribuyentes

El 14 de junio de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es válida la facultad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para requerir información sobre la persona o grupo de personas físicas que controlan o se benefician económicamente por participar en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura o acto jurídico.

Es decir, la SCJN validó la obligación fiscal de identificar y registrar al beneficiario controlador o beneficiarios controladores de las personas morales, que entró en vigor en 2022.

A través de un comunicado, la SCJN explicó que la determinación de la Segunda Sala indica que la medida contemplada en el Código Fiscal de la Federación (CFF) no afecta derechos de los contribuyentes. En cambio, considera que fortalece el sistema tributario para combatir la evasión fiscal, el financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero.

Además, la determinación señala que se cumple con los compromisos internacionales en materia de transparencia fiscal e intercambio de información.

Lo anterior se debe a que la autoridad hacendaria puede obtener información fidedigna, completa y actualizada con respecto de las personas, estructuras jurídicas y cuentas bancarias.

Puedes ver la información que publicó la SCJN aquí / Fecha de publicación: de 2023.

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