El gobierno busca alentar la inversión en la instalación de nuevas plantas productivas que detonen el crecimiento económico de la región
El pasado 5 de junio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el Decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec.
Se trata de un decreto con el que se quieren atraer nuevas inversiones en actividades industriales al Istmo de Tehuantepec. Además, se busca alentar la inversión en la instalación de nuevas plantas productivas dentro de los Polos de Desarrollo para el Bienestar (PDB) que detonen el crecimiento económico de la región y las fuentes de empleo de forma permanente.
De acuerdo con Fiscalia, con el decreto se otorgan algunos beneficios fiscales y facilidades administrativas a quienes realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar (PDB) que sean determinados como tales.
Los estímulos son en materia del impuesto sobre la renta (ISR) y del impuesto al valor agregado (IVA), y se otorgan siempre que se cumplan los siguiente requisitos:
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
- Contar con título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún PDB
- Presentar, en su caso, el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión a que se refiere la fracción anterior
- Tener su domicilio fiscal en el PDB donde desarrollen sus actividades económicas productivas.
El artículo indica que para mantener los beneficios, los contribuyentes deben presentar avances en el referido proyecto de inversión y cumplir con los niveles mínimos de empleo que determine la SHCP de acuerdo con lo previsto en dicho proyecto y de conformidad con la actividad económica que desarrollen. La dependencia emitirá constancia de cumplimiento de requisitos.
Impuesto sobre la Renta
En materia de ISR, se otorga el siguiente estímulo y beneficios:
Sujetos elegibles
El estímulo fiscal aplica a los contribuyentes personas físicas y morales residentes en México y a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país que tributen en los siguientes regímenes:
- Personas morales del Régimen General de Ley
- Personas físicas del Régimen de Actividades Empresariales Profesionales
- Personas morales del Régimen de Simplificado de Confianza.
Actividades elegibles
Para ellos es aplicable el estímulo siempre que obtengan ingresos provenientes de actividades económicas productivas realizadas al interior de los PDB:
- Eléctrica y electrónica
- Semiconductores
- Automotriz (electromovilidad)
- Autopartes y equipo de transporte
- Dispositivos médicos
- Farmacéutica
- Agroindustria
- Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias)
- Maquinaria y equipo
- Tecnologías de la información y la comunicación
- Metales y petroquímica
- Cualquier otra no comprendida en las fracciones anteriores que determine la Junta de gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec para los PDB
Crédito de ISR
El estímulo consiste en un crédito fiscal acreditable contra el monto del ISR causado, determinado en el ejercicio fiscal de que se trate en los términos que se indican más adelante.
El crédito fiscal será equivalente al 100% del ISR causado durante tres ejercicios fiscales contados a partir de aquel en el que los contribuyentes obtengan la constancia de la SHCP que acredite el cumplimiento de requisitos. Será del equivalente al 50% del ISR en los tres ejercicios fiscales subsecuentes, o de hasta el equivalente al 90% en el caso de que se superen los niveles mínimos de empleo.
Estímulo en materia de IVA
Fiscalia explicó que en materia de IVA se otorga un estímulo fiscal, durante cuatro años contados a partir del 6 de junio de 2023, a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los PDB, que enajenen bienes, presten servicios independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes a personas que realicen actividades económicas productivas al interior del mismo PDB en que se encuentren ubicados, o en uno distinto a aquel en el que se encuentren ubicados.
En el caso de los PDB cuya declaratoria sea publicada en el Diario Oficial de la Federación con posterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, el plazo referido iniciará a partir de la entrada en vigor de las declaratorias respectivas.
El estímulo fiscal consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del IVA que deba pagarse por los actos o actividades mencionadas, y será acreditable contra el impuesto que deba pagarse por las citadas actividades.
Incentivos locales
El Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec puede promover ante las entidades federativas y municipales correspondientes las acciones necesarias a fin de que éstas otorguen facilidades e incentivos fiscales a las personas que realicen actividades económicas productivas al interior de los PDB.
Entrada en vigor
Este decreto entró en vigor el 6 de junio de 2023.
Puedes ver el decreto que publicó la SHCP aquí / Fecha de publicación: 5 de junio de 2023.
– Con información de Fiscalia.
Te puede interesar
Cómo solicitar una nueva autorización para recibir donativos deducibles
Por qué motivos los contadores deben emitir un informe de incumplimiento fiscal