Hasta 2019, el plazo máximo para pagar la prestación era para el fin de mayo para las personas morales y el fin de junio para personas físicas
Las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar en marzo y las físicas en abril, y el reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) debe ser pagado a más tardar 60 días después. Esto lo establece el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Cambio en las fecha límite para pagar el reparto de utilidades o PTU
Hasta 2019, el plazo máximo para pagar esta prestación era para el fin de mayo para las personas morales y el fin de junio para personas físicas, pues se computaban los días naturales.
Pero el 1 de mayo de 2019 se reformó la LFT incorporando, entre otras cosas, el artículo 3-Ter, el cual contiene una serie de definiciones de conceptos. Dicho artículo, en su fracción V establece que el término “día” se refiere a “día hábil, salvo que expresamente se mencione que se trata de días naturales”.
Esto es un cambio trascendente porque hasta 2019 el plazo máximo para pagar esta prestación era para el fin de mayo para las personas morales y el fin de junio para personas físicas, pues se computaban los días naturales.
Disposición expresa que, para el caso del reparto de la PTU, indica que los días son naturales.
Una disposición indica expresamente que se trata de días naturales
De acuerdo con la consultoría Fiscalia, el propio Artículo 3-Ter de la LFT señala que por término ‘día’ se hace referencia a día hábil, salvo que expresamente se mencione que se trata de días naturales. Y señala que en el Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la LFT, en su Artículo 6, se señala que el reparto de utilidades en beneficio de los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha en que corresponda pagar el ISR anual.
De lo anterior, se desprende que sí existe una disposición expresa que, para el caso del reparto de la PTU, indica que los días son naturales.
La consultora explica que el nuevo Artículo 3°-Ter es jerárquicamente superior y es, además, posterior en tiempo, lo que pudiera interpretarse como que es una norma jerárquicamente superior.
Fechas límite para el reparto de utilidades o PTU
Por lo anterior, Fiscalia indicó que si se consideran los vencimientos de las declaraciones anuales del 2022, se tienen las siguientes fechas límite:
- Personas morales: Junio 2, 2023, puesto que el plazo para presentar la declaración venció el 3 de abril, 2023.
- Personas físicas: Julio 1, 2023, puesto que el plazo para presentar la declaración venció el 2 de mayo, 2023
- En el caso de los patrones RIF obligados a pagar PTU, el plazo vence el 29 de junio por disposición expresa de la Regla Miscelánea 3.13.21.
– Con información de Fiscalia.
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