Durante los meses de mayo y junio los patrones tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores
Las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar en marzo y las físicas en abril, y el reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) debe ser pagado a más tardar 60 días después. Esto lo establece el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
De acuerdo con Fiscalia, mayo es el mes en el que inicia formalmente la obligación del pago de utilidades o PTU.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala, en el Artículo 122, que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.
Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentación de su declaración anual vence en marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril.
Por lo anterior, durante los meses de mayo y junio los patrones tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores, mientras que para los patrones personas físicas esta obligación vence en septiembre.
¿En dónde denuncio si una empresa no paga utilidades?
De acuerdo con la LFT, los trabajadores que no hayan recibido el reparto de utilidades correspondiente, a pesar de que su empresa cumpla con los criterios establecidos, disponen de un plazo de un año para reclamar el monto adeudado.
Los trabajadores afectados tienen la opción de presentar su queja directamente a través del área de inspección laboral de la STPS. Pueden hacerlo enviando un correo electrónico a inspeccionfederal@stps.gob.mx. Es importante proporcionar los siguientes datos: nombre de la empresa o razón social, actividad del centro de trabajo, dirección del lugar de trabajo, nombre del representante legal o administrador, RFC del lugar de trabajo o empresa, y motivo de la queja laboral.
Estos datos son obligatorios para dar seguimiento a la queja, aunque se desee mantener el anonimato, según explicó la firma B2B México.
Además, otra opción para reclamar el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es buscar asesoría legal en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Se puede contactar a través de los números telefónicos (800) 717-2942 y (800) 911-7877, así como al (55) 5998-2000 en las extensiones 44782 y 44783.
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