¿Qué créditos fiscales reporta el SAT al Buró de Crédito?
El SAT tiene la facultad de proporcionar información relativa de los créditos fiscales del contribuyente al Buró de Crédito
El personal oficial que interviene en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias está obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Esto lo establece el Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Pero de acuerdo con el especialista Roberto Colín, del blog Soy Conta, dicha reserva no comprende, entre otros casos, a la información relativa a los créditos fiscales firmes de los contribuyentes, que las autoridades fiscales proporcionen a las sociedades de información crediticia.
Reporte de créditos fiscales firmes al Buró de Crédito
Por eso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de proporcionar información relativa de los créditos fiscales del contribuyente al Buró de Crédito.
El Buró de Crédito es una empresa que administra una base de datos con el historial crediticio de personas y empresas. Dicho historial crediticio muestra tanto los pagos puntuales y adecuados como los atrasados.
A las personas les conviene que su historial muestre pagos oportunos, porque es una forma de avalar que son cumplidos y así tienen más probabilidades de obtener nuevos financiamientos.
Es importante distinguir los créditos firmes de los exigibles
Roberto Colín considera importante distinguir que el primer párrafo del artículo 69 del CFF antes mencionado, se refiere a créditos fiscales firmes. Esto se debe a que no es lo mismo firmes que exigibles, la cual se entiende como la falta de pago o garantía de un adeudo en tiempo y forma, y la posibilidad de la autoridad fiscal de ejercer el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), aún en contra de la voluntad del contribuyente.
(Foto: Shutterstock)
¿Qué es un crédito fiscal firme?
En este sentido, un crédito fiscal firme, es aquél que se encuentra en cualquiera de las siguientes situaciones:
- El particular no interpuso medio de defensa (recurso de revocación, juicio de nulidad o amparo) dentro de los plazos señalados en la Ley.
- Habiendo sido impugnado el crédito fiscal, el particular se desista del medio de defensa respectivo.
- En el medio de defensa interpuesto por el particular, se emita resolución que confirme la validez del documento determinante del crédito fiscal, deseche el medio de defensa o que ponga fin al recurso o juicio, y dicha resolución no admita ya ningún medio de defensa o, admitiéndolo, el mismo no fue promovido por el particular dentro de los plazos legales.
¿Cómo sé si tengo créditos fiscales firmes?
Para que el contribuyente conozca si tiene créditos fiscales firmes a su cargo, puede seguir los siguientes pasos:
- Ingresando a Mi Portal con su RFC y contraseña.
- En la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Acudiendo a las oficina del SAT que le corresponda.
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