¿En qué casos se deben declarar al SAT los ingresos exentos de impuestos?
Existen ingresos exentos, que son por los que el contribuyente no paga ISR, como los préstamos, premios, donativos, viáticos, herencias o legados
Durante abril las personas físicas deben presentar su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR). La fecha límite se extendió unos días porque cayó en día inhábil, por lo que los contribuyentes obligados tienen hasta el 2 de mayo para cumplir con esta obligación fiscal.
Para calcular el ISR que deben pagar, los contribuyentes tienen que sumar sus ingresos y restar las deducciones, para obtener la utilidad o la pérdida del ejercicio.
El resultado obtenido es la base sobre la cual se calcula el ISR a pagar o la devolución a recibir.
En materia fiscal existen ingresos exentos, que son por los que el contribuyente no paga ISR, como los préstamos, premios, donativos, viáticos, herencias o legados.
En este contexto, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) indicó que las personas físicas deben identificar en qué casos los ingresos exentos se deben declarar. Esto, para que no sean gravados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De acuerdo con el presidente de la Comisión Fiscal del IMCP, José Luis Gallegos Barraza, existe obligación de declarar los ingresos exentos, entre otros, en los siguientes supuestos:
- Cuando el contribuyente obtiene ingresos por préstamos, premios o donativos que en lo individual o en su conjunto excedieron de 600,000 pesos.
- En caso de que en el año de calendario se hubieran obtenido ingresos por un monto superior a 500,000 pesos por concepto de viáticos cobrados, enajenación de casa habitación, así como herencias o legados, también deben incluir esta información al momento de presentar la declaración anual 2022.
En conferencia de prensa, el presidente de la Comisión Fiscal del IMCP advirtió que no revelar esta información estando obligado a ello, provoca que esos ingresos sean gravados en lugar de ser exentos.
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