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El SAT exige más información a las empresas con la declaración anual

La declaración anual de personas morales 2022 es similar a someterse a un dictamen, señalan especialistas



13 marzo, 2023

Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para realizar su declaración anual, pero la fecha límite se extenderá hasta el 3 de abril.

De acuerdo con especialistas consultados por Reforma, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige más información a las empresas para la declaración anual en 2023.

Edgardo Beltrán Ávila, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México, dijo al diario que la declaración anual de personas morales será similar a someterse a un dictamen. Esto se debe a que se debe presentar mucha mayor información.

El especialista indicó que aparte de los dos estados financieros básicos que se presentaban en la declaración, en 2023 se incluyeron otros dos: el estado de cambios en capital contable y el de flujo de efectivo.

El estado de cambios de capital contable se presenta cuando hay aportaciones de capital y movimientos como pagos de dividendos, utilidades y pérdidas. Estos no se habían solicitado en declaraciones anuales anteriores, por lo que el cambio no es menor, apuntó.

Además, en esta declaración anual se solicita la información de los estados financieros de 2021 para compararlos con la del ejercicio fiscal de 2022.

En el mismo sentido, Guillermo Mendieta, socio de Mendieta & Compañía, considera que debido al nivel de detalle que exige la autoridad, parece como si la autoridad dijera ‘explícame por qué hay una variación’.

Por otra parte, sostuvo que en ocasiones se presentan errores en la declaración prellenada de los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico). Esto se debe a que no les permite especificar honorarios o comisiones bancarias, por lo que deben hacerlo en el apartado de gastos generales, sin que se sepa si posteriormente esto podría generar inconsistencias, comentó.

Así se calcula el pago en parcialidades del ISR de la declaración anual (Imagen: El Contribuyente)

En tanto, quienes tributaban en el régimen de flujo de efectivo y fueron migrados al Resico no pueden detallar pérdidas de años anteriores.

Además, a diferencia de años previos, los cambios realizados en la declaración anual no se conservan más de un día, criticó Mendieta.

Beltrán también comentó que en las declaraciones anuales no se están considerando algunos ingresos de los contribuyentes o algunos Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) de ingresos se están considerando pese a estar cancelados.

Por eso, recomendó a los contribuyentes que analicen a detalle cada estado financiero y lo corrijan a tiempo, porque de lo contrario se pueden generar otros errores en la declaración prellenada.

– Con información de Reforma.

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