¿Te retuvieron ISR aunque ganas el mínimo? La Prodecon te asesora
Los patrones no deben retener impuestos a los trabajadores que ganan el salario mínimo
El artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) establece que no se debe efectuar retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.
Pero con el aumento del salario mínimo para 2023 y la aplicación del subsidio para el empleo, el cálculo que realizan los patrones arroja ISR a pagar de los empleados que ganan el salario mínimo.
Aunque los empleadores no deben retener ISR en ningún caso a los trabajadores que ganan el salario mínimo, el propio SAT ha tenido conocimiento de casos de retención de impuestos por parte de los patrones.
(Imagen: El Contribuyente)
Prodecon alerta
Al respecto, la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon) alertó a los empleados a que no permitan la retención de ISR si ganan el salario mínimo general o el mínimo de las zonas fronterizas del país.
En un comunicado, la Prodecon expuso que pueden asesorar a los contribuyentes que sufrieron una retención indebida en sus oficinas, vía internet o por teléfono.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), sólo se pueden hacer cuatro descuentos a quienes ganan el salario mínimo:
- Pensiones alimenticias
- Renta en caso de que el patrón le otorgue una habitación al trabajador
- Los créditos de del Infonavit
- Los créditos del Infonacot
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