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¿Cómo aplicar el aumento de vacaciones? STPS aclara dudas

Las nuevas disposiciones no prevén un esquema de transición de un periodo vacacional a otro para los trabajadores que actualmente están en una relación laboral
Desde el 1 de enero de 2023, los trabajadores del sector privado fueron beneficiados por una reforma con la que se incrementó de 6 a 12 el número de días de vacaciones en México, desde su primer año laborado.

Pero otorgar más días de vacaciones está generando confusión en algunas empresas. Una de las dudas es la siguiente: ¿Cómo se debe manejar el otorgamiento de vacaciones durante el periodo de transición del antiguo esquema vacacional al nuevo?

De acuerdo con la consultora Fiscalia, si un trabajador inició su relación laboral el 1 de julio de 2022, al 31 de diciembre de 2022 tendría seis meses cumplidos y habría devengado el derecho a la mitad de sus vacaciones y de su prima vacacional con respecto de seis días de vacaciones por ser su primer año. Pero a partir del 1 de enero de 2023, comienza a devengar su derecho a vacaciones, pero con el nuevo mínimo de 12 días.

En el artículo se señala que las nuevas disposiciones no prevén un esquema de transición de un periodo vacacional a otro para los trabajadores que actualmente están en una relación laboral.

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Por eso, se indica que ante la duda de interpretación de estos cambios, se debe atender al principio interpretativo contenido en el Artículo 18 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Dicho precepto establece que “en caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador”.

En este contexto, lo más favorable al trabajador es que goce de los 12 días a que ahora tiene derecho. Es decir, no importa que parte del derecho a sus vacaciones se hubieran devengado conforme a un período vacacional distinto, pues lo que más le beneficia es tomar los 12 días de vacaciones, por lo que es a ese período al que tendrá derecho.

Por eso, Fiscalia explicó que el parámetro que imperará para definir su periodo de vacaciones deberá ser el número de días de vacaciones que la LFT prevé al momento en que el trabajador cumpla el año de servicios.

Además, informó que la titular de la Secretaría del Trabajo, María Luisa Alcalde, recientemente explicó que las vacaciones se deben asignar de este modo. La explicación la publicó a través de un video oficial en su cuenta de Twitter:

https://twitter.com/LuisaAlcalde/status/1619117437928017921?t=BIlglUMgxVX3e5apD2-TBg&s=19

– Con información de Fiscalia.

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