Cómo debe ser una carta de despido
No suele ser un plato de buen gusto para ninguna de las partes implicadas, pero a veces es algo totalmente inevitable. En las empresas siempre hay cambios de puestos, y eso significa que hay contrataciones, pero también que hay dimisiones y despidos. Estos últimos siempre deben seguir un procedimiento establecido por la ley, que dicta que es fundamental que haya una carta de despido para que esta realmente sea efectivo.
Ahora bien, no basta con una carta de despido cualquiera. Es necesario que esta cumpla una serie de requisitos tanto en formas como en contenidos para que se considere válida. De lo contrario, el trabajador puede seguir ejerciendo sus labores en su puesto como de costumbre hasta que se le comunique el fin de su puesto de la forma adecuada. Para evitar confusiones, o incluso malas intenciones, vamos a ver cómo debe ser una carta de despido y, además, cómo se diferencia uno procedente de uno improcedente.
Características imprescindibles de una carta de despido
Afortunadamente, en los tiempos que corren, existen muchas herramientas que permiten elaborar cartas de despido ejemplares a través de plantillas ya existentes. Portales web como Cartandia ofrecen numerosas plantillas de cartas de despido, e incluso de recomendación y renuncia, en las que se recogen todos esos puntos clave que se deben cumplir a la hora de elaborar este documento. Solo hay que rellenar el contenido de manera acorde al caso en cuestión.
Ahora bien, si se desea hacer algo propio, o si se recibe una de estas cartas, conviene saber cuáles son esas características que se deben cumplir para que sea válida a nivel laboral y legal. Si la empresa intentara forzar el despido con una carta mal construida, podría incluso ser denunciada si expulsa al trabajador, teniendo hasta que abonar el suelo correspondiente al tiempo que ha sido expulsado de manera ilegal. Por eso mismo es tan importante conocer este documento a fondo.
Los despidos deben hacerse por escrito, según los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores. Su contenido debe indicar claramente los motivos del despido, indicando de qué tipo es y qué hechos justifican el fin de la relación laboral. Ahora bien, no es necesario demostrar los hechos indicados, salvo que haya una demanda de impugnación de despido, en cuyo caso se tiene que demostrar ante un juez.
Datos esenciales en una carta de despido
Lo fundamental que debe figurar en una carte de despedido es lo siguiente:
- Datos de la empresa.
- Datos del trabajador.
- Motivos y descripción clara de los motivos del despido.
- Fecha en la que acabará el contrato de trabajo.
Aunque no es estrictamente necesario, la carta debe contar con una despedida cordial y la firma del empresario que la ha expedido. Asimismo, el inicio de dicha carta también debe contar con un saludo. Esa es la estructura fundamental que debe seguir este documento, aunque su validez la determinan los cuatro puntos vistos arriba.
Cómo distinguir despido procedente de improcedente
Un despido se considera improcedente siempre y cuando no se acredite correctamente el incumplimiento indicado en la carta, o si no se han cumplido las condiciones que dan validez legal a dicho documento. Generalmente, se llega a este punto cuando el trabajador en cuestión decide tomar medidas legales ante cualquiera de esas dos irregularidades.
Cabe mencionar que hay otro posible escenario en el que se considera improcedente a un despido, y es cuando se hace por cuestiones económicas y/u organizativas, siempre y cuando no se prueben dichas razones. Si se afirma que es por algo económico, la empresa debe demostrarlo ya que, de lo contrario, podrá recibir una sanción considerable, además de la compensación por despido improcedente.
Descartando esto, el despido será procedente siempre y cuando se acredite el motivo de la extinción del contrato de trabajo o se confirme que la razón ha sido plenamente lícita.
En cualquiera de los dos casos, las dos partes implicadas deben revisar la carta de despido y cualquier posible documentación adjunta. Cada pequeño detalle puede marcar la diferencia, y es algo muy importante, sobre todo para el trabajador. Con un despido procedente, no hay “finiquito”; con uno improcedente, sí.
¿Y cuándo se considera nulo un despido?
Un despido es nulo siempre y cuando las razones de este estén prohibidas en la ley o en la Constitución, o sean contrarias a los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
El despido es nulo si se hace de forma verbal en lugar de escrita, si es a una trabajadora embarazada a raíz de comunicar dicho embarazo, si se hace durante la suspensión del contrato por maternidad o por tener un embarazo de riesgo o incluso si es a una trabajadora que sea víctima de violencia de género, en caso de que se reduzca su jornada de trabajo o tenga cambios en su capacidad de movilidad geográfica.
En todas estas situaciones, el despido se considera nulo. La persona afectada podrá seguir trabajando e incluso solicitar una compensación económica.
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