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Actualización del ISR para 2023 no implica aumento de impuestos

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La tarifa de ISR de personas físicas será actualizada para 2023, con la inflación acumulada desde diciembre de 2020 hasta la de noviembre de 2022

Las tarifas que se aplican en el cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR) que pagan las personas físicas, se deben actualizar de conformidad con el aumento inflacionario. Esto cuando el aumento inflacionario rebase 10% desde la última ocasión que hubieran sido actualizadas las tarifas. Así lo establece el artículo 152 de la Ley del ISR.

De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, la tarifa de ISR de personas físicas será actualizada para 2023, con la inflación acumulada desde diciembre de 2020 hasta la de noviembre de 2022.

En el artículo se aclara que esta actualización de la tarifa no implica un aumento de impuestos para 2023. Al contrario, al actualizarse la tarifa del impuesto, lo que sucede es que se reconoce el efecto inflacionario de la pérdida de poder adquisitivo del peso, provocando que el impuesto marginal de las personas disminuya. Con esto se genera una disminución generalizada de impuestos.

Fiscalia explicó en su artículo que la actualización de la tarifa de impuesto se debe hacer considerando la inflación hasta el mes de noviembre de 2022, dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de noviembre de 2022 entre el de noviembre de 2020. Así lo establece la Ley.

Además, indicó que una vez que se conozca la inflación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá publicar las tarifas actualizadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

Por eso, la nueva tarifa se estaría dando a conocer hacia finales de diciembre de 2022 o durante los primeros días de enero de 2023, a más tardar.

– Con información de Fiscalia.

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